se suele reducir todo excepto lo que el convenio indique o que por logica no se reduzca:
- por ejemplo el plus de tranporte no se suele reducir porque se supone que es para compensar el tranporte y "gasta" lo mismo uno a jornada completa que uno a media
- y tampoco se reduce el plus de vestuario porque ambos se visten 8aunque uno gaste mas ropa que otro)
Eso estará regulado en el convenio (que casi seguro no dirá nada a ese respecto), pero por regla general estará menguado en igual porcentaje que el resto de conceptos salariales.
Hola a todos: tengo una pequeña duda y como siempre esperoq ue me orienteis. Tengo un despacho y de laboral apenas llevo. Me ha surguido una consulta sobre la antigüedad. Un cliente en su trabajo tiene solicitada una reducción de las horas de trabajo al 50% por cuidado de un menor. Me pregunta si también la antigüedad se le computa como la mitad, o si tiene que contarle como si trabajara el 100%. Decidme donde se encuentra regulado. Muchas gracias a todos. Un saludo