2. El contrato para la formación y el aprendizaje ................
El contrato para la formación y el aprendizaje se regirá por las siguientes reglas:
i.- En el supuesto de que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato se estará a lo establecido en el apartado 1, párrafo f), de este artículo.
Apartado 1, párrafo f:
Si al término del contrato el trabajador continuase en la empresa no podrá concertarse un nuevo período de prueba, computándose la duración de las prácticas a efecto de antigüedad en la empresa.
Tengo que despedir a un trabajador que ha tenido dos contratos en la empresa, el primero de formación y al día siguiente de acabar éste, un contrato indefinido.
Tengo que hacer un despido objetivo y no quiero liarla por calcular mal la indemnización.
Mi duda es, el contrato de formación genera derecho a indemnización o solo debo de tener en cuenta la antigüedad generada con el contrato de acumulación de tareas???