El artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajdores te autoriza y obliga a la empresa a que puedas pedir anticipos a cuenta de lo ya trabajado. Es decir, a dia de hoym podrías pedir un anticipo sobre los doce dias que llevas trabajados.
Por convenio colectivo se puede establecer el derecho de los trabajadores a anticipos sobre salarios futuros. Es decir sobre los dias no trabajados o sobre los meses siguientes sin que se pueda exceder de tres meses.
Hola, mi pregunta es si se puede pedir un anticipo parcial de la nomina. Llevo trabajando en esta empresa 2 meses pro hace una semana me han cambiado el tipo d contrato. Mi nomina es d unos 900€ y he pedido 200€ d anticipo y me dicen q no, xq llevo muy poco tiempo en la empresa. Actuan dentro de la legalida?? Gracias