Entonces entiendo que a pesar de tener 18 años cotizados, al no estar ni de alta ni en situacion asimilada al alta (en 1996 cobra prestacion y posteriormente el subisdio, no procediendo a la renovacion de la demanda de empleo) debe esperar a los 65 años para pedir la pension de jibilacion contributiva, es ello asi???
Entiendo entonces que la posibilidad de jubilarse a los 60- 61-62, etc, no es la regla general y, en este caso, persona con 18 años cotizados, cuya ultima fecha en situacion de alta o asimilada fue en 1996, solamente le cabe la jubilacion a los 65 años, gracias.
lo del convenio especial es para cuando no tiene los dos años cotizados dentro de los ultimos quince o para personas que no se les quede la cuantia de la pension en minima, pero si es verdad, cumple el requisito de los dos ultimos años dentro de los quince me temo que tendra que esperar hasta los 65 años. Yo no veo la posibilidad de jubilacion anticipada.
¿Puedes explicarme eso del convenio especial? No lo entiendo muy bien porque esoso dos años que tu me haces referencia se encuentran dentro de los ultimos 15 y el los cumple.
La edad de jubilacion ordinaria es a los 65 años pero existe la posibilidad de jubilarse anticipadamente en los casos que tuviera la condcion de minusvalía o que hubiera cotizado a alguna mutualidad antes 1967; o teniendo cumplidos los 61 años que hubiera cotzido 30 años tambien hay actividades como la mineria trabajadores que por su actividad se pueden jubilar anticipadamente como minería renfe etc..
le aconsejo que empiece a cotizar y puede firmar convenio especial con la seguridad social para que este cotizando minimo dos años antes de los 65 para poder tener derecho a la jubilacion.
Espero haberme expresado con claridad.
Ciao.
Anticipar jubilacion a los 60 años con 18 años cotizados
Una pequeña duda, ¿¿¿ puede anticipar la jubilacion un tio que cumplirá 60 años el proximo marzo y tiene 18 años cotizados, el ultimo de ellos en 1996??? (se encuentra sin estar de alta desde esa fecha). Gracias.