Hola. Debido al número de consultas relativas al rumor sobre una Ley que modificaría la LAU 1994, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Propiedad Horizontal, expongo en este hilo la nota de prensa del Ministerio de Justicia relativa a este tema. Únicamete obviaré las reformas previstas para la LPH ya que este foro es de Arrendamientos Urbanos.
Anteproyecto de Ley de Medidas de Fomento del Alquiler de Viviendas y la Eficiencia Energética de los Edificios
El Anteproyecto, que será sometido a consultas y a diversos informes antes de que el Gobierno lo apruebe definitivamente y lo remita a las Cortes, va a introducir cambios en tres Leyes: la Ley de Arrendamientos Urbanos, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Propiedad Horizontal.
Ampliación de los supuestos de cancelación de los contratos
En el caso de la Ley de Arrendamientos Urbanos se amplían los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler. En la actualidad, el propietario sólo puede rescindir el contrato en el caso de que necesite ocupar la vivienda para uso propio. El Anteproyecto de Ley extiende este derecho para sus familiares en primer grado de consanguinidad (padres o hijos).
Para poder disfrutar de este derecho, el arrendador debe hacer constar esta posibilidad expresamente en el contrato. Si transcurridos tres meses a contar desde la extinción del contrato, el arrendador o sus familiares no han ocupado la vivienda, el arrendador tendrá que reponer al arrendatario en el uso y disfrute de la misma por un nuevo período de hasta cinco años, y el inquilino tendrá derecho a que se le pague el importe de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera causado hasta el momento de la reocupación o a que se le indemnice con una cantidad igual al importe de la renta por los años que quedasen hasta completar los cinco del contrato.
Agilización de trámites judiciales
En ocasiones, los procesos judiciales en los que se solicita el desahucio o el abono de rentas adeudadas terminan siendo largos y onerosos para las partes. El Anteproyecto de Ley de Medidas adopta una serie de cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil que dan más agilidad e imprimen más eficacia a las causas. Estos cambios se hacen siguiendo dos premisas básicas: dar mayor seguridad jurídica a los arrendadores y salvaguardar los derechos de los inquilinos de buena fe.
La reforma proyectada por el Gobierno recoge modificaciones importantes en lo que se refiere al procedimiento judicial a seguir en caso de impago. De este modo, prevé que las reclamaciones por impago de rentas, que hasta ahora se decidían en juicio ordinario, pasen a sustanciarse en juicio verbal, más simple, sencillo y rápido que el anterior. En el mismo sentido, se ofrece la posibilidad de que todas las reclamaciones de desahucio y rentas puedan acudir al cauce del proceso monitorio. Además, la sentencia de desahucio dictada por un juez puede constituir título suficiente para la ejecución directa del desahucio.
Se establece, por otra parte, que la sentencia de condena al pago de rentas debidas incluya también las rentas que se hayan dejado de pagar con posterioridad al momento en que el arrendador interpuso la demanda. Actualmente, estas resoluciones judiciales sólo obligan al pago de las rentas no satisfechas hasta que se ha interpuesto la demanda, de manera que si desde ese momento se acumulan nuevas mensualidades sin pagar, el arrendador se ve obligado a ir de nuevo a juicio.
Por otra parte, se reduce de dos meses a un mes el plazo que debe transcurrir entre el momento en que el arrendador interpone un requerimiento al inquilino por el impago de rentas y la presentación de la demanda. El arrendatario podrá evitar el inicio del proceso si paga las mensualidades atrasadas en este plazo.
Buenas Jan y buenas a todos los foreros,
Espero con impaciencia desde el 14 de agosto del 2008 los pequeños avances que se atisban en el horizonte.Gracias por tu post que nos ayuda a tener mas claro que el cambio se avecina gracias ala "Sociedad Publica de Alquiler" como se nota que ahora los informes que tiene el gobierno advierten de los problemas que contempla un arrendador que ofrece su propiedad en arrendamiento.En fin sigo esperando a que todo avance un poco mas cada dia pero el anuncio del CGPJ hoy me da esperanzas para pensar que algun dia existira una sola ley que regule los contratos de alquiler que sea ecuanime,concisa y justa para ambas partes .
Lo dicho sigo super super pendiente a ver que pasa.
Muchas gracias a todos y buenas noches.
Para el que les interese busquen en la pagina del ministerio de la vivienda "El Gobierno prepara la modificación de tres Leyes para potenciar el mercado del alquiler e impulsar la eficiencia energética de los edificios" nota de prensa de agosto de 2008".
Atentos a las comparecencias del SPA en los medios.
Un saludo a todos