vilma me imagino que si hay un acuerdo entre los padres que uno de los dos tenga la custodia eso es lo que prevalece
y lo que si creo que se puede hacer es solicitar una modificación de medidas y que se le aplique a uno la nueva legislación pero eso es mejor que lo conteste un abogado....
tengo una pregunta que hacerles. en catalunya, si hay acuerdo entre los padres para que la custodia sea monoparental se respeta esta opcion o prevalece la compartida?
y en caso de que la sentencia de separacion hubiera sido hace años y se hubiera concedido a la madre, se puede solicitar la compartida?
El Consell aprobó ayer el anteproyecto de esta Ley, que entrará en vigor este año
La custodia será compartida si no hay acuerdo entre los padres 31 Julio 10 - Valencia - Ana G. Andrés Compártelo: La norma da preferencia al acuerdo entre los padres. Si éste no se produce, los hijos convivirán con los dos.
Ha sido una exigencia repetida de manera insistente a lo largo de los últimos años por asociaciones de padres. Finalmente, en la Comunitat Valenciana la Ley de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, ya establece que, cuando se produzca una separación o divorcio, la custodia de los hijos será compartida de manera automática. Esto en el caso de que los padres no lleguen a un acuerdo entre ellos, puesto que la norma da prioridad a un pacto entre los progenitores.
Así lo anunció ayer el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, quien presentó la norma junto a la portavoz del Consell, Paula Sánchez de León, tras participar en la reunión semanal del Gobierno.
La Ley entrará en la Les Corts para su aprobación durante el próximo periodo de sesiones, que empezará en septiembre.
En cuanto a la reglamentación de la vivienda familiar y del ajuar doméstico, la Ley establece que, cuando exista régimen de custodia compartida prevalezca el interés del menor en la asignación de la vivienda y se atiendan los intereses del cónyuge que más dificultades tenga para encontrar una nueva vivienda.
Si por el contrario se atribuye a uno de los progenitores la convivencia con los hijos, se le atribuirá también el de la vivienda familiar. La norma recoge, con carácter excepcional, la exclusión o prohibición del régimen de convivencia en casos de violencia de género o doméstica cuando una resolución judicial estime indicios racionales de su existencia.
No se si servira para algo, pero desde el Senado en Madrid se insto al gobierno para que a nivel nacional se legislara de forma análoga a como esta haciendo en algunas Comunidades Autónomas. Todo es cuestión de tiempo, aunque eso es lo que se pasa y nuestros hijos van creciendo y nosotros nos lo estamos perdiendo
Animo.
gracias sds, pero en el enlace que me mandas solo paparece una reseña al hecho de la aprobación, me hubiera gustado leer los articulos en concreto del anteproyecto. Quizas eso no este todavia disponible en la red. Al menos yo no lo he encontrado.
Gracias de todas formas, y si lo consigues hazmelo saber. Un saludo
Hasta donde yo sé, Canarias no tiene capacidad legislativa en asuntos de familia (solo las comunidades de la antigua Corona de Aragón y Navarra) Por lo tanto a Canarias llegará cuando llegue al resto de la Península, pero verá...
Yo vivo en una comunidad peninsular que no es Aragón. Y voy a votar al PAR en las próximas elecciones. Será nulo, pero espero que los interventores del resto de partidos entiendan el mensaje.
Yo podría plantearme votar a Coalición Canaria alternativamrente, si ustedes convencen a este partido para que promueva una iniciativa parlamentaria en este sentido. Yo tuve la oportunidad de preguntarle a Mar Herrero, la diputada del PAR que promovió la iniciativa, cómo habían convencido a PSOE y PP de que votaran a favor en Aragón. Me dijo: somos un partido bisagra (como Coalición Canaria).
Además, tengo entendido que Luis Mardones tenía un hijo afectado y era un hombre sensible con nuestra causa...
Ramón, aquí te lo dejo: http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/area_de_prensa/not_detalle_area_prensa?id=224034
Ferito, hasta el momento, sólo he oído sobre Cataluña, quizás Galicia, Aragón si no me equivoco. En Valencia se está reclamando que se estudie la posibilidad a nivel estatal... Hasta aquí llega mi información
El anteproyecto tiene buena pinta. En principio si quedase como esta se establecería la custodia compartida aunque no hubiera acuerdo entre los progenitores y no bastaran con denuncias de malos tratos para negar la misma sino sentencias firmes.
El espiritu del anteproyecto si finalmente se aprueba es como dice su principal valedor:
"En definitiva, el espíritu de la Ley es que el derecho a la custodia compartida se entienda como un derecho fundamentalmente de los hijos a relacionarse con sus progenitores y familiares",
Y esto se ha reflejado en el articulado del anteproyecto
En principio, a mí me parece que el hecho de que se de la custodia compartida por defecto, y al estar sometida la custodia a una revisión periódica va a hacer que los padres se anden con más cuidado en el trato con los niños (para no perder este privilegio). Lo que sí echo de menos, es que no dice nada sobre asuntos que en un principio se pretendía incluir, como no pasar pensión cuando los niños estuvieran de vacaciones con el padre/madre (yo en su día entendí que sería así). También me parece genial el que sea necesaria una sentencia sobre agresiones... para que la custodia no sea compartida, así se pondrá freno a tanta denuncia para obtener la custodia de los menores.
Creo que es un salto cualitativo en lo referente a este asunto.