Hola, querría hacer una consulta, en mi comunidad se ha hecho una reunión ( a la cual no me han citado, soy propietario de un bajo) donde se expuso la oferta de una compañía de telefonía móvil para instalar una antena en nuestra terraza, ofreciendo 5.000€ anuales, de un total de 12 asistentes 10 votaron que si (ya que les dijeron lo típico de que si no la ponían en nuestra comunidad, la pondrían en la de al lado y no tendríamos el dinero) y 2 votaron en contra; en el acta dice que se aprueba por las 3/5 partes, pero yo creía que para esto se necesitaba unanimidad, es correcto? o es válido por 3/5 partes? muchas gracias y perdón por la extensión.
Cuando una CIA de Telefonía Móvil, viene a ofrecer la instalación de una antena en un Edificio, lo hace siempre diciendo que hace un gran favor, ya que va a pagar, y que si no le contestamos en una semana, se lo ofrecerá al edificio colindante, y perderíamos una gran oportunidad. Por lo tanto convocamos una Junta de vecinos donde como orden del día se pide la aprobación para la instalación de una Antena de Telefonía Móvil , en esa reunión al ser urgente, nos encontraremos que no hay nadie que se haya asesorado de lo mas mínimo, sobre los perjuicios o beneficios de su instalación
Hemos aprobado la instalación de la Antena de Telefonía móvil, nos presentan un contrato, y no nos asesoramos sobre el mismo, porque solo nos fijamos en la cantidad que nos han ofrecido, y vamos a ver si es lo que nos han dicho, el contrato viene sin firmar, pero nosotros lo tenemos que firmar y ya la empresa nos lo devolverá firmado, la mayoría de las veces esos contratos no van firmados por el Presidente en cada folio, sino al final del contrato en el ultimo anverso o reverso del folio., se corre un peligro que ese contrato cuando vuelva a la comunidad no sea el que habíamos leído, y aparezcan otras cláusulas, o modificadas algunas, eso si la cláusula dineraria, seguirá estando. Tendremos que tener en cuenta también que 3000 Kg. encima de un edificio, modifica la estructura, y una modificación visual, para ello como para el arrendamiento se necesita la aprobación unánime de todos los propietarios del edificio
En los contratos que presentan las operadoras no suelen venir detalladas las instalaciones que van a montar, encontrándonos en algunos casos que son ampliadas sin autorización, conviene que nos detallen las instalaciones que van a poner y el lugar exacto de su ubicación.
También tendremos en cuenta, que se intentará poner una cláusula que no les permita el subarriendo a otros operadores, o cualquier tipo de subarriendo.
Tendremos en cuenta las cláusulas de rescisión de contrato, no solo será por falta de pago, o porque salga una ley que prohíba las antenas en los edificios.
Muy importante es pedir a la operadora de telefonía una copia del seguro que han contratado para la antena del edificio y su instalación, pues tendremos unos beneficios por su instalación pero no nos cubrirán por los daños que pudieran producirse por contaminación electromagnética, y hay que pensar que somos subsidiarios de cualquier problema que se derive de la instalación, y ¡librenos Dios ¡ de que algún día se demuestre que las antenas tienen efecto nocivo para la salud, pues no lloverían reclamaciones por daños y perjuicios, de inquilinos ubicados en el edificio, de los edificios colindantes, etc. ..
Hace unas semanas que planteeduda sobre este tema y un forero me recomendo visitar web de AVAATE, una asociacion muy activista. Su dirección es:
http://www.nodo50.org/fedevecinos.valladolid/sommaire.php3
De nada discolo5G, pero creo recordar que en este u otro foro fuistes tú el que me los recomendo y aprovecho para agradecerte la ayuda. En esa ocasión me puse en contacto con ellos y un tal JCenteno a traves del correo electrónico enseguida me aportaron ideas y posibles soluciones. Gracias y un saludo.