Con permiso de la Presidenta de la Comunidad, instalé una antena parabólica motorizada de 1,10 m., con cuatro LNB, en la pared exterior de la terraza al cerrar ésta (antes la tenía en el interior de dicha terraza).
Cito los componentes, aunque de forma resumida, para hacer ver que no es una instalación corriente.
Como precedente, ya había instaladas en la fachada más de una docena de parábolas.
Pero antes de cumplirse el año, en una junta general, una vecina dijo que porqué no se quitaban todas las antenas parabólicas, que hacía feo...
Se está estudiando el asunto, pero quisiera saber si tengo derecho a mantener mi instalación donde está, porque la otra opción sería trasladarla a la terraza, un piso 15º, y yo vivo en el 6º.
No sé si a me puedo apoyar en ser Radioaficionado con licencia EA, según se cita en esta respuesta:
http://garciacollado.blogspot.com.es/2010/03/instalacion-de-antena-de.html
Debe comprobar en los estatutos, lo que indica en relación a la antena. Normalmente contienen salvedades al respecto, de obligado cumplimento, ya que Ud. mismo las firmó al escriturar su vivienda.