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antena comunitaria

7 Comentarios
 
perfil Jan
18/02/2010 17:57
Hola jose_santboi. Dada la fecha de su contrato y el tipo de obra a realizar(instalación antena tdt) existen dudas razonables sobre la naturaleza de la obra:

1º) Si se entinde como obra de CONSERVACIÓN ordenada por autoridad competente se debe aplicar la LAU 1964, concretamente los artículos 108 y 109 de la citada Ley. En este caso le aconsejo que compare la "subida del alquiler" con los límites citados en el artículo para ver si la cuantía los respeta.

2º) Si se considera OBRA DE MEJORA(así la califica el Real Decreto que regula la instalación de la tdt) se debe aplicar el art 112 LAU 1964.

Yo me inclino por la primerra opción, pero la segunda también es defendible jurídicamente.

Reciba un cordial saludo
18/02/2010 14:21
1994
perfil Jan
17/02/2010 16:56
Hola jose_santboi. Por favor, exponga la fecha de celebración de su contrato.

Reciba un cordial saludo
17/02/2010 15:38
en mi opinion, como es obligatorio adaptar las antenas para la tdt, se puede entender como obra de conservacion y el propietaro la tiene que poner por narices, y no puede reclamarte o repercutirte nada, pero si te argumenta que es una mejora, el art de la lau dice que dentro de los cinco primeros años no puede repercutir nada, asi que tendra que apechugar, un saludo
17/02/2010 13:35
gracias
17/02/2010 13:34
para ver la tdt pues la que tenemos no esta preparada
13/02/2010 20:52
¿Cual es el motivo de cambiar la antena?.
Antena comunitaria
13/02/2010 18:59
hola,os cuento lo mio,la dueña kiere cambiar la antena del bloque de alquiler,pero nos suben el alquiler del piso de por vida es esto legal?gracias