Tengo una sentencia que condenaba a un cliente a 6 meses de prisión y a multa de 6 meses a cuota diaria de 2 euros.
Según lo dispuesto en el artº 88 CP sustituyeron la pena de prisión por pena de multa y se sumaba a la pena de multa de 6 meses.
Se fraccionó el pago de la multa y ya se ha pagado al completo.
Aún así, ¿quedan antecedentes penales, verdad?
Gracias