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Ante posible despido.

2 Comentarios
 
22/06/2004 13:11
Sobre el punto 3.
Me comento mi madre que estaba estudiando algo en un curso de derecho laborarl una vez, que si no se pagaban las extrsa y no avisaban, correspondia una indeminazcion igual que la de despido improcedente.
¿es cierto?
22/06/2004 10:42
1- No entiendo que quieres decir con finiquito 90 días, "el finiquito es la liquidación de las cantidades pdtes. de cobrar; Ej, sueldo pdte.vacaciones sin disfrutar, Pagas extras sin cobrar, horas. etc" otra cosa es indemnización, en caso de despido improcedente, que creo seria tu caso, y eso serian 45 días x año trabajado, que si son dos años serian como tu dices 90 días,
2-Si trabajas más de cuarenta horas semanales tienes derecho a reclamar la diferencia y si no te las reconocen puedes hacer una reclamación de cantidades, pero debes documentarte bien para poder demostrarlo que al igual que las pagas que no cobraste tienes un año para reclamar.
3-El que la empresa tenga motivos económicos y no te pague las pagas no es tu problema para eso tendrá que demostrarlo, tambien tu puedes tener problemas económicos y a la empresa no le importa, si trabajas cobras.
Te repito que tienes un año para reclamar cantidades si lo dejas pasar pierdes el derecho.
Guarda toda la documentación que puedas para demostrar las horas que trabajas, que tendras que demostrarlo para reclamar.
saludos y suerte.
Ante posible despido.
21/06/2004 22:28
Hola, en la empresa en la que trabajo estan haciendo una serie de despidos y a mi me han puesto a prueba un mes mas, para ver lo que facturo e instalo antes de dedicir sobre mi futuro.
Entonces para preparme ante un posible despido necesitaba unas pocas respuestas que espero me podais dar.
Estoy contratado como tecnico para centrales telefonicas, en el contrato pone profesional de oficio dentro del convenio comercial creo(009-07), con un salario base de 709?.
1. LLevo dos años trabajando como indefinido, ¿el finiquito que serian 90 dias?
2. A pesar de que en contrato figuran 40 horas semanales, hago siempre un minimo de 45, ademas de eso, con frecuencia me tengo que desplazar a averias lejos del centro de trabajo con lo cual entre ida y vuelta me echo otras 4/5 horas. Estas horas "extras" no se pagan ni estan apuntadas en ningun sitio, mas que en los partes de actuaciones que ponen los km recorri y la hora a la que entre en el cliente y marche. ¿Podria hacer algo con esto?

3. Las dos ultimas pagas extras todavia no las he cobrado por motivo economicos, pero no recibi ninguna notifiacion de ello. ¿Tengo derecho a algun tipo de indeminacion por ello?

Gracias.