Gracias por tu respuesta, ac37. La idea de la anotación es para continuar con la vía de apremio sobre un bien inmueble registrado, de lo contrario preveo complicacoines en la ejecución. En cuanto a los oficios, me temo que estas personas no van a tener NIE, pues no residen aquí habitualmente. El resto ya lo he pensado, supongo que haré algo de ello (aunque no tengo mucha fe en el registrador). Quedo agradecido por tu tiempo. Si hay más ideas me encantará verlas.
Si se trata de cuotas debidas ex art.9.1.e) de la LPH, no veo necesaria la anotación, pues se trata de una hipoteca legal tácita.
En otro caso, puede hacer estas cosas, cumulativa o alternativamente:
- Consultar directamente con el registrador sobre la forma de solucionar el entuerto, si es q no lo has hecho ya.
- Solicitar del juzgado q oficie a la policía local/nacional a fin de q facilite NIE o equivalente.
Tampoco estaría de màs consultar con algún notario de confianza, aprovechando sus conocimientos en estos asuntos y las no precisamente magníficas relaciones q mantienen ambos gremios.
Hola. En una reclamación de cuotas, ya en fase de ejecución, he intentado la anotación del embargo en la finca propiedad de los comuneros. Éstos son extranjeros y su identificación en el Registro es muy antigua (no tienen NIE, probablemente eran sus pasaportes). Así que ahora me encuentro con la dificultad de que el registrador deniega la anotación por no constar el NIE, lo que deja, a su juicio, una duda sobre que la identidad del demandado y el titular registral sea la misma. Aunque legalmente tiene razón en pedir el NIE, es una situación absurda, pues al tratarse de cuotas comunitarias, los demandados lo son precisamente por ser los titulares dominicales y registrales. La verdad es que no encuentro la solución.