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Años de cotización para incapacidad permanente.

2 Comentarios
 
28/07/2016 13:28
Anónimo
Estimado consultante,

Hay que diferenciar sin la incapacidad permanente proviente de enfermedad común o si proviene de enfermedad profesional.

Si es enfermedad profesional no se necesita ningún año cotizado.

Si es enfermedad común, si se necesita cotización y hay que tener cubierto 2 periodos, uno genérico y otro especifico:

a) Periodo genérico: 14 parte de lo cotizado debe estar comprendido entre el año en que cumplió 20 años de edad y la del "hecho causante" ( generalmente cuando solicitó usted la IP) con un mínimo cotizado en todo caso de 5 años.

- Es decir, al tener usted 33 años, (33-20 13, y 134 - 3.25), esto es necesita tener 3,25 años cotizados.

b) Periodo especifico: 15 parte debe estar comprendido entre los 10 años anteriores al hecho causante.

-Esto es, 3,25 5 - 0,65 (poco mas de medio año) debe haberse cotizado en los 10 años anteriores a la fecha en que usted, en términos generales, solicite la incapacidad.


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LARIOS ABOGADOS
perfil Anónimo
28/07/2016 02:37
Anónimo
queria decir años cotizados para calcular incapacidad permanente teniendo 33 años de edad,gracias.
Años de cotización para incapacidad permanente.
perfil Anónimo
28/07/2016 02:34
hola ,buenas a tod@s me gustaria saber cuantos años cotizados cogen para una incapacidad permanente ,tengo 33 años ,gracias.