Hola. Primero agradecer a toda la gente que me lea y hacerlo de manera más intensa a aquellos que me contesten. El pasado 1 de julio, tuve un juicio, en el que reclamé daños morales y patrimoniales de una relación laboral ya extinguida. En dicho auto, la parte demandada, hizo varias excepciones por las que debería quedar anulado dicha demanda, todas de ellas rebatibles, y ante las cuales se podían dar la vuelta, excepto en una que era la falta de hechos concretos. Ellos alegaron, que en el artículo 80, de la ley reguladora de jurisdiccion social, se dice lo siguiente en su apartado c: La enumeración clara y concreta de los hechos sobre los que verse la pretensión y de todos aquellos que, según la legislación sustantiva, resulten imprescindibles para resolver las cuestiones planteadas. En ningún caso podrán alegarse hechos distintos de los aducidos en conciliación o mediación ni introducirse respecto de la vía administrativa previa variaciones sustanciales en los términos prevenidos en el artículo 72, salvo los hechos nuevos o que no hubieran podido conocerse con anterioridad. Si estaban dentro de la demanda, palabras como amenazas, pero sin decir exactamente qué amenazas eran, o injurias, sin decir exactamente que injurias eran. Están reflejadas en el informe pericial que se presento, no tanto en la demanda, y ellos ante ese "fallo", alegaron que al no haber hechos concretos dificilmente podían defenderse. Ahora el juicio se va a repetir, puesto que ha habido un fallo a la hora de grabarlo y no se recogieron los hechos del auto por la secretaria judicial, El tema, por el cual mi consulta es el siguiente: ¿Se pueden subsanar esos errores, especificándolos en la demanda, ampliandola, sin evidentemente introducir nuevos temas, quiero decir; por ejemplo se nombran injurias, sin decir qué tipo de injurias, se nombran calumnias, sin decir cuales, se nombran amenazas, pero no se detalla en qué consisten. Si mandara un burofax con acuse de recibo, tanto a la empresa demandada como al abogado de la parte contraria, con todas esas especificaciones, que según ellos les producen indefensión ("pobrecitos ellos, dejaran de saber...."), tendría algun tipo de validez legal?o no se puede hacer eso?
Necesito una respuesta, por favor, respuesta que mi abogado no me va a dar, porque no le voy a preguntar, dada la actuación, horrible, pésima e irresponsable que hizo en sala, motivo por el cual va a ser "demandado" ante el colegio de abogados, Es muy largo de explicar, y tampoco procede hacerlo dado que mi consulta no tiene nada que ver con sus actuaciones. AYUDA POR FAVORRRRRRRRRRRRR