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Ampliar demanda ya presentada

7 Comentarios
 
Ampliar demanda ya presentada
23/03/2015 23:37
He presentado una demanda y me han citado para el juicio. Voy sin abogado me represento a mi misma. Hace poco me hice con una sentencia que me favorece y queria incluirla en los fundamentos de derecho. Puedo presentar un escrito de ampliacion de demanda??? En que momento.????Gracias
24/03/2015 16:51
Buenas tardes, malgito, opino que no es necesario ampliar la demanda para incluir un fundamento de derecho, que además no parece que vaya a variar la acción que ejercita, ya que los jueces ya deberían conocer la jurisprudencia.

En todo caso, se deduce que será un juicio verbal, así que puede citar la nueva sentencia en el turno de palabra inicial.

Saludos,
25/03/2015 12:37
Tal y como te ha dicho el compañero, si vas sin postulación es porque se trata de un asunto de cuantía inferior a 2000, un procedimiento verbal, en el que no hay escrito de contestación. Por eso, cuando llegue el día del juicio y el juez te de la palabra y te pregunte si te ratificas en tu escrito debes responder afirmativamente y decirle que deseas ampliar la demanda, y pasas a exponer el nº de sentencia, el tribunal que la ha dictado y hacer un breve (brevíiiiisimo) resumen y comentas que es de aplicación a tu caso y que apoya tus pretensiones. El juez debe conocer la sentencia por eso no te tienes que extender mucho exponiendo el resumen de la misma.

Quedo a tu disposición,

AR.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
25/03/2015 13:07
Coincido, pero matizo. Yo justamente no usaría en ningún caso la expresión "ampliar la demanda" ya que no es lo que quieres hacer y sólo pondrá en guardia al juez.

Existe un principio por el que los jueces conocen las leyes y jurisprudencia, y no les interesa mucho que los demás se las cuenten.

No obstante, como te han dicho, cuando te den la palabra dices que te ratificas íntegramente en la demanda y que debe ser estimada en base a tales artículos de tales leyes como recoge la sentencia tal que dice cual...todos esto si puedes, porque como dice AR brevíiiiiiisimo es lo importante.
25/03/2015 20:47
Es de una cuantia inferior a 2000 euros. Es simplemente que me cambien el tipo de contratación que tengo. No es asunto economico.
Primero tengo un acto de conciliación y despues de jucio. En el acto de conciliacion es donde tengo pensado ratificar la demanda ( es donde las partes no llegan a un acuerdo ) Y en el juicio es donde puedo exponer lo que pido los fundamentos de derecho la sentencia nueva. Estoy bien enfocada. ?? Gracias
25/03/2015 20:55
Y muchas gracias por contestar.
26/03/2015 17:12
Entonces, estamos hablando de la jurisdicción social? Si es así, TODO en juicio , en la conciliación no te van a recoger lo de la sentencia, simplemente si hay avenencia o no.
03/04/2015 01:15
Ok Gracias.
No va a ver avenencia.
Entonces todo en juicio, para mi mejor.