El hecho de que no nos den licencia no tiene que ver con Esas obras ilegales, persiste antes de que se hicieran ese mismo motivo.
Pienso que si no nos quieren dar de alta las casas en el registro es por otro motivo que se vislumbra de lo escrito por ti, porque hay cosas que no casan.
Por cierto y de paso pagamos impuestos al ayuntamiento, religiosamente...
A continuación no puedo edificar más por la cutrez y falta de definición en Muchos aspectos.
Y como no me dan licencia porque alguien hizo algo mal tampoco sale bien el tiro por este punto
yo no sé cuánto mide
tengo una idea aproximada, a partir de las ortofotos, pero tú sabes cuánto mide. Dime cuánto mide la casa, largo y ancho, sin porche, y cuánto el garaje, largo y ancho, y podremos hablar de metros computables, incluso descontando la escalera en una de las plantas
no sé el motivo de que no tenéis licencia de primera ocupación, pero eso es otro tema, aunque viene de la mano de esas obras de empliación, supuestamente ilegales, que hicieron tus vecinos ... y es que ese no es un ayuntamiento conflictivo, sino un lugar en el que lo único que pasa es el sol, todos los benditos días, y el técnico municipal puede ver pasar el sol y no complicarse la vida con pequeñas guerras, cerrar algo los ojos por el deslumbramiento ... porque ahí no pasa nada más
ese plan parcial se ajusta al planeamiento pero, además de una ordenación pobre y especulativa, tiene poco rigor en algunos aspectos y cierta flexibilidad para que el promotor pueda hacer grupos de casas iguales, y en unos grupos casas algo mayores que en otros, independientemente de la dimensión de la parcela ... lo que no está mal del todo entendido como una actuación conjunta
luego llegan los usuarios y ya no se trata de una actuación conjunta sino de un montón de agentes individuales que cada cual quiere actuar en su parcela ... y ya la liamos, porque unos obran sin licencia y otros van a preguntar. Al que pregunta le dicen lo que hay, y es que su casa está sujeta a una ordenanza (la misma en el plan parcial que en las normas subsidiarias) y tiene una determinada edificabilidad (que en tu caso es algo más de lo que hay construido), y ya no hay la flexibilidad que daba el plan parcial a la actuación conjunta, aunque podría haberla si los tropecientos propietarios se pusieran de acuerdo y, actuando de modo unitario como comunidad de propietarios, unos de ellos, los que no quieren ampliar, le cediesen esa edificabilidad no materializada a los que quieren ampliar. En rigor no sería ceder edificabilidad, sino como propietario del conjunto solicitar licencia para ampliar unas casas determinadas haciendo el cómputo de edificabilidad del conjunto.
Mira, en tu acera, menores son las parcelas cuanto más al Norte, algunas 23 m2 menos que la tuya ... y las de la acera de enfrente, en general son 40 m2 más pequeñas que la tuya, y como esas son la mayoría de la urbanización. Si a ti el técnico municipal te otorga una edificabilidad no consumida de 16 m2, a cualquiera de esos habría de decirles que tienen agotada su edificabilidad. Sin embargo, hay parcelas con mayor superficie que tienen la misma casa. por lo que tienen cierto margen de edificabilidad, algunas un margen que nunca llegarán a consolidar.
El resultado es que algunos hacen pequeñas ampliaciones sin licencia, otros no hacen nada, y el técnico municipal cierra un ojo porque globalmente la edificabilidad del área está dentro de lo que marca la normativa ... y es que si esas ampliaciones las hubiera hecho el promotor, en una actuación unitaria, serían legalizables, mientras que una a una, cada cual en su parcela, no lo son.
Y con la más absoluta lógica, informan de lo que hay, de lo que dicen las normas, y que solo darán licencia para quien cumpla su cómputo de edificabilidad
Dos detalles importantes, uns estamos si. Licencia de ocupación averiguas porque? Por temas con el registro
La segunda los vecinos saben o no, pero como llevan mas más de tres años y cuatro sin noticias del ayuntamiento a ver quien les mete mano ahora... El tiempo entiendo paso y el técnico lo ha dejado correr
Si vieses la planta alta dirías, de donde salen esos 85 m2 no está de hecho las escaleras las cuenta dos veces en la planta alta y en la baja porque sino saldría menos m2.
Garage entiendo que lo computa pero porque no está en sótano si fuese así no lo haría y porque no lo. Esta pues porque la calle y los espacios son tan reducido que impide que haya rampa de acceso eso no es culpa mía. Entiendo debía computar como lo hace en muchos sitios .
lo del 50% no lo dice por ningún lado
el garaje computa íntegramente, y el porche es discutible ... y digo discutible porque, literalmente, no computaría como superficie construida, pero no está claro que se pueda excluir del cómputo de la superficie edificada. Esto me hace doler los ojos, una redacción aberrante, pero ocurre por falta de rigor en quien hace el planeamiento y en quien lo aprueba
lo que construyas, sin duda computará íntegramente si está cerrado ... y es dudoso que no compute si es abierto (porche).
la falta de rigor contagia incluso al Catastro, porque ahí ya no encaja nada, ni la superficie de parcela, ni la representación en planta, ni las superficiens construidas. Según Catastro, la parcela mide 527 m2, en la que hay 94 m2 de vivienda en planta baja y 85 m2 de vivienda en planta primera, y menciona un uso de aparcamiento del que no indica la superficie, pero se deduce que son 28 m2 porque indica un total de 207 m2 construidos.
De lo que hay menos dudas en principio es de lo que le dice el técnico municipal, que la edificabilidad es de 0.40 m2/m2, por lo que, ya que la parcela mide 543,72 m2, la superficie edificada máxima debiera de ser unos 217,5 m2 ... pero, mira por dónde, por si fuera poco no saber si computa edificabilidad una construcción abierta, incluso el parámetro de edificabilidad máxima pudiera ser rebasable
yo no te recomendaría hacer lo que hicieron algunos de tus vecinos, hacia el Norte, en tu misma acera o en tu misma calle ... pero es cosa tuya
Tienes suficiente con los m2 que te autorice el técnico municipal. Consigue una licencia por esos m2, y lo que creas que necesitarás a mayores puedes dejarlo en medio, entre esa nueva construcción y el actual garaje ... de modo que tendrás un patio de luces que, como en muchas poblaciones, tarde o temprano acabará cubriéndose
no debe usted de preocuparse
la parcela es suya y eso no va a cambiar por indicar la referencia catastral
y por otra parte, las preguntas que plantea, lo que aquí le podamos decir, en concepto no difiere de lo que podría ser una conversación con un farmacéutico, con un panadero, con abogado o con un arquitecto ... y nadie, ni por supuesto el técnico municipal, se va a sentir molesto por el hecho de que consulte con su arquitecto o con su abogado lo que le dicen en el ayuntamiento
porque no sé lo que indica el planeamiento, no puedo saber si ese trastero computa el 50%, ni lo puedo saber sobre el porche o el garaje
pero si usted indica la referencia catastral, cuento que podré darle mi opinión a partir de los datos catastrales y del planeamiento
A mi me parece que quien mejor puede resolver cualquier duda es el técnico al que has encargado el proyecto técnico, si es que no confías en la respuesta dada por el técnico municipal.
Hola buenos días, me llamo Sergio, aprovecho para presentarme, vivo en un pueblo de Salamanca, necesito vuestra opinión porque hay algo que no entiendo, cualquier cosa que me podáis comentar me servirá de ayuda, gracias de antemano.
Si para la superficie máxima edificable el técnico del ayuntamiento me da un valor que es 0,4 y mi parcela tiene 544 m2.
El caso es que el técnico del Ayuntamiento primero dijo 24 m2 compre materiales y ahora dice que 16,90, busco alguna forma de poder ampliar un poco mas esos metros legalmente.
Debo decir que en mi urbanización hay muchas la inmensa mayoría de obras sin permiso, aprovechando la prescripción de 4 años, están a salvo. el técnico del ayuntamiento solo dice, que van a sancionarlos, creo que el que no es jurista ignora que no les puede meter mano, porque lo otro que me da por pensar es que nos miente.
1 parte
El técnico del ayuntamiento dice que puedo ampliar 16,90 m2. Edificabilidad 0,40 m2
El registro de la vivienda pone que tengo 207 m2 construidos, pero ojo está incluido un garage de 28 m2, y un porche de 15 m2.
No lo entiendo.
2 parte
Voy a construir o intentar, aprovechando paramento medianero un trastero para materiales de jardinería, esto no computa al 50%? como superficie edificable. Tejado de panel sándwich (que es legal en este ayuntamiento se permite este material) son 30 m2. Solo levantaría tabique en la fachada gracias.
Si no se ajusta el contenido al foro pido disculpas pero me urge saber por donde puedo atacar la cuestión- gracias de nuevo