¿Puede un Ayto. ampliar su suelo urbano a efectos únicamente recaudatorios (cobro del IBI)?
Muchos vecinos de un pueblo pequeño (alrededor de 3000 habitantes) se sienten estafados por su Ayto. ya que éste prepara una ampliación de la zona urbana con el propósito de recaudar más impuestos al cobrar el IBI. La realidad es que las parcelas afectadas son parcelas rústicas en las que no se prevé viales, alumbrado público, saneamiento, etc ni ninguno de los servicios urbanos y además la demanda de construcción actualmente ha caído en picado por lo que no es necesario una ampliación de la zona urbana. La situación es que muchos vecinos se ven obligados a pagar grandes tributos injustamente. ¿Hasta qué punto es esto legal?
hay que empezar por decir que es legal y que, al menos formalmente, parece democrático porque quienes lo aprueban son los concejales de ese pueblo, a los que todos conocen y con los que existe cierta proximidad
si realmente son muchos los vecinos que se sienten estafados, e incluso si no son muchos pero son unos cuantos, considero que la vía adecuada a sus quejas está a la puerta de su casa, y no en el teclado de su ordenador
Muchas gracias por su contestación, los vecinos ya están tomando cartas en el asunto. Se han reunido en masa y se han presentado en el Ayto. para manifestar su disconformidad. Desde el Ayto. les aseguran que son órdenes de más arriba (nivel comarcal o provincial) pero los vecinos piensan que se les están mintiendo y efectivamente quien tiene la potestad para tomar la decisión es el propio Ayto.
La respuesta tal como se formula el interrogante es NO.
Ahora bien, si lo que se está haciendo es clasificar suelo no urbanizable a urbanizable mediante modificación o revisión del planeamiento vigente, cabe presentar alegaciones contra esa propuesta del planeamiento cuando sea expuesto a información pública.
El plazo de exposición pública terminó pero el Ayuntamiento se ha comprometido (verbalmente) a aclarar con los vecinos afectados e introducir modificaciones puesto que todavía no se ha aprobado. El alcalde ha dicho que en vez de una ampliación es probable que se valore una reducción del suelo urbano puesto que no tiene sentido que parcela realmente agrícolas paguen impuestos de urbanas. La realidad es que el planeamiento no necesita revisión puesto que no existe una necesidad de ampliar el término urbano ya que ahora no hay necesidad de construcción.
¿Alguien conoce algún caso de reducción de suelo urbano? Yo no conozco ningún caso. Gracias.
yo sí, conozco bastantes
en la clara mayoría de esos bastantes casos que conozco, en general no se trata propiamente de reducir suelo urbano, sino de asignar una clasificación adecuada a terrenos que hace décadas habían sido indebidamente clasificados como urbanos
Gracias por su respuesta, ¿cuál sería el procedimiento para esa modificación? ¿puede ser una modificación del planeamiento en el que se clasifique de urbano a no urbano? ¿sería mediante modificación del Plan General o de Plan de Reforma Interior al estar ya incluido como suelo urbano?
deduzco que ha habido una aprobación inicial que ha llevado a la exposición pública
antes de la aprobación definitiva, resueltas ya las alegaciones y disponiendo de los informes preceptivos, el Ayuntamiento puede hacer modificaciones que lleven a la aprobación provisional, sin que sea necesaria nueva exposición pública en el caso de que consideren que las modificaciones no son relevantes, y será sobre los planos de esa aprobación provisional (conteniendo esas modificaciones), sobre los que la comunidad autónoma se pronunciará para la aprobación definitiva