La ampliación del objeto social es una modificación de los estatutos de la sociedad y, como tal debe tratarse. Se debe aprobar en junta general que debe convocarse de acuerdo con las reglas generales pero debe expresarse claramente que se va a modificar el objeto social y como va a ser esa modificación.
El acuerdo de modificación de los estatutos debe adoptarse con el voto de más de la mitad de los votos correspondientes a las participaciones (si los estatutos no dicen otra cosa).
La modificación debe constar en escritura pública que debe contener la transcripción literal de la nueva redacción de los artículos que se modifican. Esa escritura debe inscribirse en el registro mercantil y publicarse en el BORME. Debes, por tanto, ir al registro con el documento notarial para que inscriban la modificación.
Los aranceles del registro para inscribir y publicar esa modificación no son muy elevados. Debes ponerte en contacto con el registro y preguntar pues varían continuamente.
Soy apoderado de un sl desde 2008 y queremos ampliar el objeto social. Tras ir a notaría (que me cobra 60 euros), desconozco que trámites debo seguir; me explico.
Creo que debo llevarlo al registro pero desconozco los costes de la inscripción y la documentación que debo llevar y si tras la inscripción debo hacer algún trámite más