A ver si me podéis ayudar que me estoy volviendo loco.
Tengo una liquidación de plusvalía municipal que en su día recurrí en reposición con solicitud de suspensión presentado aval. El aval dice que la duración del mismo se extenderá hasta la vía contencioso administrativa.
Me desestimaron el recurso de reposición e interpuse el recurso contencioso administrativo entendiendo que la liquidación seguía suspendida.
Ahora por otro asunto, me dicen que no, que solo se entiende suspendida si así lo pedí en el escrito de interposición y comuniqué a la Administración tributaria, es así? se entiende suspendida? lo puedo pedir? es mejor no hacer nada para no destapar la liebre?
Gracias de antemano!