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Ampliación de demanda por juicio divorcio.

5 Comentarios
 
Ampliación de demanda por juicio divorcio.
15/01/2017 14:24
Buenas tardes compañeros.

En un juicio de divorcio veis factible que la parte que interpuso la demanda de divorcio, pueda instar en dicho juicio la ampliación de la demanda solicitando la división de la cosa común?
15/01/2017 16:58
Lalaland
¿Por qué División de la Cosa Común y no Disolución de Gananciales?
15/01/2017 18:09
000Izartxo
Estamos casados en régimen de separación de bienes
15/01/2017 18:12
Lalaland
Simplemente, es que en la demanda de divorcio se indicaron los bienes comunes, pero en el suplico no se solicito que se instase la división de la cosa común. La otra parte contesto la demanda, con lo cual el juez no acepto que se solicitase la ampliación de la demanda de divorcio, ya que ya había sido contestada por la parte contraria. Entonces, la opción que planteo seria poder hacerlo en el propio juicio de divorcio,solicitar que se admite la ampliación de la demanda instando dicha división, ya que fue un error en la demanda el no hacerlo constar, dada la conflictividad existente en la pareja y que el propio juzgado conoce de sobras.
15/01/2017 18:53
Lalaland
"Artículo 752. 1. Los procesos a que se refiere este Título se decidirán con arreglo a los hechos que hayan sido objeto de debate y resulten probados, con independencia del momento en que hubieren sido alegados o introducidos de otra manera en el procedimiento.

Por tanto, en los procesos matrimoniales y de menores, en atención a las especiales circunstancias que concurren en este tipo de procesos (búsqueda de la resolución judicial que más se ajuste a la realidad familiar), quiebra el principio general de preclusión procesal, establecido en el artículo 400 dela LEC, (invocado en la providencia recurrida) que resulta alterado y, en consecuencia, se admite legalmente, por mor del citado artículo, que los hechos objeto de debate puedan ser introducidos y alegados en momento procesal posterior a la demanda, bien antes de la vista (como es el caso), durante o después de aquella.

Las partes no sólo podrán alegar hechos nuevos y proponer práctica de prueba en los términos del artículo 460.3 dela LEC, sino que podrán formular alegaciones y proponer pruebas sobre hechos no invocados en sus escritos de demanda y contestación"

Yo que tú lo intentaba.

Suerte
15/01/2017 19:31
000Izartxo
Muy agradecido por tu comentario. Tienes razón, habra que intentarlo, a ver si juez, atendiendo a que su propio juzgado es conocedor de la situación existente que imposibilita acuerdo(consta informe del Sataf que considera vinculación de ella a un centro de salud mental) atiende a razones.