En tu caso es de aplicación el apartado 2 del art. 16 de la LEC, no es necesario que amplies la demanda contra los ignorados herederos, si los hubiera, estos ocuparían el lugar del demandado fallecido.
En primer lugar debes solicitar al juzgado que por medio de consulta telemática con la Ag. tributaria a la que tienen acceso te indique el lugar de fallecimiento del finado y una vez averiguado, solicita una certificación literal de fallecimiento; con esto y a través del juzgado remitir oficio a la Dirección General de REgistros y del Notariado para que te remitan certificación de últimas voluntades, si hay testamento y el notario donde se firmó y una vez averiguado, librara oficio al notario a través del procurador para que indique cuales son los ignorados herederos y verificado proceder como dictamina el art. 16, vista diez dias etc....Saludos
Hola, amigos! Tengo un problema. Presentamos una demanda contra un matrimonio. Ella se ha allanado. Pero él resulta que falleció hace unos años, y no lo sabíamos. tampoco se alegó falta de litisconsorcio pasivo necesario por la otra parte. ¿cómo puedo ampliar la demanda contra los herederos del fallecido, ya que desconozco los datos?. No puedo dirigir unas diligencias preliminares contra la cónyuge porque ya le he puesto la demanda y se ha allanado a la misma. Necesito que también se allanen. Es importante porque se trata de una demanda declarativa de dominio (por usucapio) y necesito que se allanen todos los herederos. Gracias!!