Mi duda es: hay una ampliación de capital, se crean nuevas participaciones y las adquirirá un nuevo socio por X cantidad para conseguir tener un 51%. ¿Esa cantidad que habrá de aportar responderá al valor de la empresa a fecha del acuerdo de ampliación o a fecha de X meses anterior al acuerdo de ampliación?
Posteriormente al acuerdo, se aporta una valoración por expertos de las participaciones y se obtiene el valor de las nuevas, con modificación del capital social. Todo el proceso se valida ante Notario. Infórmese en cualquier notaría de su confianza sin compromiso.
Antes que nada, muchas gracias por responder. Pero, lo que quiero saber es si, tal y como sucede en el caso de ampliación de capital con cargo a reservas se tiene en cuenta el balance aprobado en los seis meses anteriores (que es cuando la empresa iba peor), o si la valoración de las nuevas participaciones es en base al valor de la sociedad en el momento del acuerdo de ampliación. ¡Gracias!
El acuerdo de ampliación fija la fecha en que se procede a la valoración de las participaciones que siempre suele ser el más próximo posible a la aprobación de la ampliación y entrada en circulación de las nuevas participaciones con cargo a reservas