Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

ampliacion datos

1 Comentarios
 
04/11/2011 23:09
Si al iniciar una actividad hay obligacion de darse de alta de autónomos, al finalizar la misma existe también la obligación de darse de baja. No es posible que no se la admitieran por el hecho de deber agunas cuotas. Otra cosa es que os hubieran "presionado" de esa forma para que pagara las cuotas adeudadas. La cuestión es que la deuda ha subido mes a mes por no admitiros la baja.
Si conservais la baja en Hacienda (que es lo que demuestra el cese de la actividad) deberiais argumentar que no existía la oligación de cotizar desde tal fecha por lo que debeis solicitar la anulación de la deuda. Si no conservais el Mod. 037 de baja en Hacienda podéis pedir un certificado de la baja. De todas formas es conveniente que os haga la solicitud un experto en la materia. Si conseguís qe se anule la deuda logicamente no le contará como cotización efectuada para la jubilación.
Un saludo y suerte.
Ampliacion datos
02/11/2011 21:27
hola gracias por su atencion, bueno el tema fue que cuando conoci a mi compañera ella cerro su comercio por quiebra y estaba en autonomos, debia uno o dos recibos del mismo y fuy con ella a autonomos a dar la baja por no poder pagar y le dijeron que no que si no pagaba esos recibos no le daban la baja, asi que que nos tubimos que ir sin solucionar nada al tiempo empezamos a recibir notificaciones de embargo por unas cifras de hipo, ahora mismo le pedian 15000 euros, ya me quitaron 1800 euros en otra ocasion fui a reclamar presente documentacion de que ese dinero era mio y estaba en paro y nada se lo quedaron ella desde entonces no a trabajado y no tiene dinero ni bienes y al ponerla en la cuenta por que nos obliga el banco pues me la han vuelto a gastar eso paso en el 2000 y deberia estar caducada la deuda no? el banco dice que ahora piden 6000 euros, lo que esta claro que son unos chorizos gracias de antemano por disipar las dudas que puedan