¿Puede un socio de una sociedad anónima, llevar a a cabo la ampliación del capital social aportando un trabajador de otra empresa que tiene dicho socio en concepto de aportación no dineraria? o por el contrario, sólo se pueden aprotar bienes o derechos susceptibles de valoración por parte de un experto independiente, exlcuyendo por tanto dicha posibilidad?