Hola Buenas noches.
En mi empresa están despidiendo por causas objetivas económicas sobrevenidas. Alegan "amortizar el puesto de trabajo" puestos de trabajo que deben permanecer las 24 horas funcionando, y a su vez son cubiertos por otros operarios por turnos de 8 horas.
Duda: si se amortiza un puesto de trabajo de turnos a un trabajador ( como es mi caso ) porqué es ocupado por otro operario de la empresa. ¿ es legal?.
Gracias
Pues no mucho ya que aquí no existe amortización alguna, rd que los empresarios entienden las amortizaciones como mejor les venga en gana.
Usted demande si como pienso le han realizado un despido objetivo calificado como procedente este es como mínimo improcedente y si usted estaba embarazada o con una reducción de jornada por cuidado de un menor, ese despido sera nulo.
SMO
Si el trabajo que se realiza pasa a hacerse entre varios trabajadores, la amortización podría estar justificada. Por ejemplo una reducción del número de efectivos para realizar menos trabajo que antes, hacerlo de forma más eficiente, con diferente organización, etc.
Pero la cuestión es que si en un puesto de un turno cualquiera despiden objetivamente a un trabajador y después simplemente lo sustituyen sin alterar nada más, probablemente estaríamos ante una amortización ficticia. Naturalmente se exceptúan los casos de amortización que la Ley prevé por circunstancias del propio trabajador (ineptitud, faltas, etc.)
Un saludo.