Hola, por favor neccesito ayuda urgente con una duda que me ha surgido .Soy autonomo , he comprado una maquina , para desgravarme ese gasto debo hacerlo a traves de las amortizaciones durante unos años, hasta ahí bien ( ese creo) , pèro el problema em surge con el iva , yo ese gasto de iva lo pensaba meter en todo este trimestre ( es en el que he comprado la maquina), pero a la hora de hacer el modelo 303 donde tengo que especificar la base y la cuoita no me corresponde y durante los años que corresponda las amortizaciones tampoco , a no ser que solo se desgrave el iva que corresponda a la cantidad de esa amortizacion. Os lo voy a explicar con los numero por si no me habesis entendido
la maquina me ha costado778 euros de los cuales el iva son 124.48, como la he comprado en diciembre la amortizacion que me corresponde son 6.53 ( he aplicado el 12% que es lo que me corresponde), por lo que si la base son 6.53 como voy a poner 124.48 de iva ( en el apartado 190 de l modelo 303 ). Por favor que alguien me diga algo , estoy hech un lio. Gracias
Verdaderamente esto es un lio.
Lo deducible de la máquina es a través de amortizaciones. Las mismas se indicarán en la renta IRPF anual, aunque también las puede aplicar , esos 6,53 € el último trimestre, mediante el modelo 130.
El iva , modelo 303, ( a no ser que Ud. esté a modulos o regimen simplificado) Ud, se puede deducir la totalidad de ese iva. OJO, si va a modulos , indiquemelo.
Estás mezclando dos conceptos distintos, el fiscal y el contable.
En lo referente al fiscal, el IVA se devenga en el momento en quer puedes disponer del bien. Por tanto, el IVA que has soportado lo has hecho en su totalidad en el año 2009. Si es deducible, lo podrás deducir en su integridad también en 2009.
Una vez incorporado el bien al inmovillizado es cuando puedes empezar las amortizaciones. Ese ya es un criterio contable. Amortizas el valor del activo pero no el del impuesto que va por otra parte.