Si el valor catastral (45.367,49) es inferior al valor de adquisición,
-el 3% del valor de construcción
Si el valor de adquisición es mayor al valor catastral,
-Al valor de adquisición se le resta el valor del suelo y se calcula el 3%.
Tengo una vivienda alquilada y los valores que me indica el IBI son los siguientes:
Valor Catastral Suelo: 27.727,98
Valor Construcción: 17.639,51
Valor Catastral: 45.367,49
Base Liquidable: 33.753,41
¿Sobre cual de ellos podría aplicar el 3% de amortización de la vivienda?
Muy agradecida por la ayuda.