Mi pregunta es la siguiente: ¿se puede amortizar una plaza de interino en la administración local, si la persona que ocupa esta plaza es delegado sindical?
Sí, si existe causa legal que justifique la amortización y se cumplen los trámites administrativos previos, incluyendo un proceso de negociación de la RPT con los representantes de los trabajadores. Esto es válido para los interinos ya sean funcionarios o laborales.
¿ y si la plaza de interino cubre un servicio que tiene que permanecer por ley como es un servicio de prevencion propio? en cuyo caso el internio ocupa la plaza de tecnico superior en prl, ¿ en este caso tambien se puede amortizar la plaza?