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Amortización hipoteca - 40% en 3 primeros años

5 Comentarios
 
Amortización hipoteca - 40% en 3 primeros años
20/02/2010 00:47
Buenas noches. Os planteo una duda sobre la que me han dado respuestas contradictorias. Compré un piso en Nov. 2007 solicitando una hipoteca. Desde entonces he intentado vender mi piso antiguo, pero debido a la crisis, no ha sido hasta ahora que estoy a punto de conseguirlo. El caso es que quería saber si podría, con el dinero de la venta de mi piso antiguo, cancelar el porcentaje que quisiera de la hipoteca de mi piso nuevo. Unos me han dicho que no puedo cancelar más del 40% del importe solicitado en la hipoteca sin tener que devolver lo deducido en la renta en estos dos años. Pero otros me dicen que eso sólo se aplica a quienes han comprado vivienda antes de 2007 con financiación ajena, y se podían aplicar porcentajes incrementados de desgravación del 20 ó 25% con ciertas condiciones, y que en mi caso, por haber comprado en 2007 y no poder aplicarme esos porcentajes incrementados, la norma del 40% en los tres primeros años de hipoteca no tiene aplicación. Os agradecería que me contestárais en cuanto pudiériais, porque la venta del piso antiguo va a ser muy pronto, si Dios quiere, y necesito saber cuánto podría cancelar de hipoteca con el dinero. Muchísimas gracias por vuestra ayuda.
20/02/2010 12:28

Hola, buenos días.

Un comentario. Algo he oído también de ese 40%, del hecho de que no se pueda amortizar más allá de ese porcentaje los primeros tres años, pero no lo sé con seguridad. Intenta hablarlo con un asesor fiscal, por poco dinero te sacará de dudas.

De todas formas, si compraste en 2007 te faltará muy poco para los tres años. Por ejemplo, si compraste el 20 de julio de 2007 no amortices hasta el 21 de julio de 2010, así habrás cumplido con los tres años que supuestamente indica la ley tributaria. Te digo supuestamente porque no lo sé a ciencia cierta.

Si lo haces por el tema de la desgravación, no te preocupes, el tope son 9.000 euros anuales aproximadamente, y tú los vas a superar. Y cuenta hasta el 31 de diciembre, así que no hay problema.

Lo dicho, intenta hablar con una asesoría, ellos te lo van a decir mejor que nadie a no ser que haya algún asesor por aquí. Si es así, ya te sacará él/ella de dudas y de paso todos nos informamos.

Un saludo y suerte.
20/02/2010 12:40
"La normativa establece que el contribuyente se podrá deducir, con carácter general, el 15% de las cantidades invertidas en el ejercicio, hasta un máximo de 9.015,18 Euros.

Las condiciones que deben darse para aplicarse esta deducción son:

-que exista financiación ajena.
-que el préstamo hipotecario suponga al menos el 50% del valor de la vivienda.
-que durante los tres primeros años las cantidades amortizadas no superen el 40% del importe total solicitado."

No sé si estará actualizado, pero por si la moscas yo esperaría a Noviembre de 2010 para amortizar. Mientras dejas el dinero en el banco con el que trabajes.

Saludos.
20/02/2010 17:58
Miriam71:
Muchísimas gracias por tu rápida respuesta. Yo ya conocía las condiciones que me indicas para aplicar la deducción del 15%. De todos modos, yo pienso que estas condiciones se exigen a quienes compraron su vivienda antes del 20.1.2006, lo cual no es mi caso. Sólo quería que alguien que lo supiera al 100% me lo asegurara.
Por otra parte, ya había pensado en recurrir a un asesor, pero sólo para esta pregunta, quería intentar que alguien me lo resolviera en este foro.
En cuanto a lo de esperar a Nov. 2010 para amortizar, dado que la cuota que pago de hipoteca me resulta bastante gravosa, quería saber cuanto antes si podía cancelar más del 40% o no. Espero que algún "experto" me pueda sacar de dudas.
En cualquier caso, te reitero mi agradecimiento por tu interés, y espero que alguien más sepa algo sobre el tema.
Saludos a todos.
23/02/2010 15:14
Vaya por delante que soy un simple ciudadano y no tengo ni idea de las leyes, pero en mi opinion lo que tienes que mirar es si vas a tener que pagar impuestos por el dinero que has ganado con la venta de la primera vivienda. Yo creo que Hacienda "te perdona" si lo reinviertes en tu vivienda habitual, por lo que yo opino que pudes y debes amortizar todo y cuanto antes mejor, lo de esperar tres años como te dicen alguno yo no lo entiendo. Y si pierdes capacidad de desgravacion siempre será mejor que tirbutar un 18% por el dinero que hayas ganado con la venta de la vivienda, vamos, creo yo...
23/02/2010 20:49
Muchas gracias, igarciac, por tu respuesta que, aunque no esté basada en leyes, es juiciosa y de buen sentido común.
Soy también de la misma opinión, máxime que ya en este año se tributa al 19%, y yo prefiero no tener que seguir pagando intereses al banco.
Por eso sigue teniendo la duda de si puedo amortizar o no más del 40%. Me gustaría que alguien me lo aclarara, por favor.