Si no está cerrada por los laterales equivale a un toldo, que en vez de ser de lona es plancha metálica. Los toldos o simples cubriciones, sin cerramiento, no se consideran construcciones, ya que carecen de uso habitable
Amnistía catastral.
Anónimo
29/07/2016 22:20
les agradecería asesoramiento en el siguiente asunto: Me leído que Hacienda ha "descubierto" construcciones ilegales las cuales se pueden acoger a amnistía fiscal antes de fin de año. Yo tengo parcialmente cubierta con aluminio la terraza de un ático, pero no sé si eso se considera construcción y debiera hacer algo al respecto (ir al ayuntamiento a declararlo). He de decir que no solicite ningún tipo de permiso, en su dia me dijeron que no hacia falta Muchas gracias.