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amguismo, practicas torticeras e infracción de las bases de la convocatoria

25 Comentarios
Viendo 21 - 25 de 25 comentarios
26/08/2006 19:59
Estoy de acuerdo contigo :), con respecto a la aplicacion de los arts. 404 y 429 CP.Defenitivamente,(con respecto al concejal, que considero que los miembros del tribunal tampoco tienen porque estar exentos) me inclino por el 428 CP. Pues ahora si veo más clara la situacion de prevalimiento, ("maniobras de amiguismo y apoyo torticero") que segun estos datos, considero que esta fundada en relaciones personales.
perfil :)
27/08/2006 02:07
Sí, coincido contigo, compañero.

¡¡Saludos!!
27/08/2006 13:20
¿Y quiénes componían el tribunal?
27/08/2006 13:38
No lo dice, pero se supone que debe estar compuesto por funcionarios de carrera con nivel de titulacion igual o superior al exigido para el ingreso en la escala de que se trate.
28/08/2006 12:00
O por concejales Nefer, por eso lo pregunto, porque entiendo que el tribunal tiene una responsabilidad clarísima.

¡¡Vaya panda de mangantes todos ellos!! Me rio yo de Marbella ...
28/08/2006 13:56
Pues si Patricia, yo creo que aqui estan todos metidos en el ajo... ! Asi va España!