Hola ismeso. Gracias por responder a mis preguntas.
Lamento comunicarle que su contrato se halla sometido a la Tácita Reconducción del Código Civil por lo que la duración del mismo, Y SOLO LA DURACIÓN `pues el resto del clausulado sigue en vigor, al haberse fijado la renta de forma mensual, su contrato se prorroga mensualmente.
De esta forma tanto su madre como el Arrendador pueden dar por resuelto el contrato simplemente comunicando fehacientemente(burofax con acuse de recibo) a la otra parte su voluntad de NO prorrogar el contrato ANTES de cada prórroga.
Le aconsejo que si aceptan la oferta de su arrendador CELEBREN un NUEVO contrato de arrendamiento.
Hola buenas.Aqui les expongo mi problema.Mi madre vive en un piso de alquiler desde abril del año 95.Las subidas del ipc han sido arbitrarias y siempre verbales y ciertamente han sido menores a las subidas reales.Comenzamos pagando 33.000 ptas ahora 254€.Hace unos dias nos llamo para comunicarnos su intecion de subirnos el ipc de estos 13 ultimos años a lo cual me negue.Pedi que se me enviara por escrito esta peticion a lo que se nego y amenazo con que si no llegabamos a un acuerdo vebal,rescindiria el contrato actual para hacer otro con renta actual de 600 o 700€.Mi pregunta es:¿nos puede echar del piso?¿de que manera nos podemos defender?¿tenemos algun derecho de quedarnos?.Gracias.Estoy preocupado.