Bajo mi punto de vista, se trata de indimidación. El hecho de que la deuda haya sido vendida no afecta a la prescripción, que podrá usted alegar en juicio si llegan a plantear demanda.
Lo único que puede afectar a esta reclamación es que en el tiempo transcurrido desde que la deuda se generó haya recibido usted alguna comunicación fehaciente.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados
Madrid
mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
mottayl.abogados@gmail.com
Hace unos días recibí una llamada de un estudio jurídico llamado ISGF reclamándome una supuesta deuda de telefonía Orange del año 2006 que desconozco ya que desde el 2007 ni vivo en ese domicilio ni tengo más la cuenta bancaria que tenía en ese momento, y de la cual nunca fui notificado.
Buscando en Internet encontré muchas quejas sobre este estudio jurídico por amenazas de deudas que en casos eran inexistentes.
Cuando les dije que esa deuda si es que era real ya estaba prescrita, me dicen que las deudas fueron vendidas (no sé cuando) a un fondo de inversión y ellos eran los que me estaban reclamando y que eso no prescribía y que si no pagaba me verían en los tribunales.
¿Esto es correcto o sólo me están intimidando?
Muchas gracias!