Magli en tu caso no sabría que decirte, porque no conozco a tu empresa, ni tu categoría profesional, ni a la actividad de la empresa, ni al convenio colectivo al cual te riges etc.. deberías leerte tu convenio colectivo, e intentar a ver que artículos infringe tu empresa, es muy raro que una empresa sea 100% legal, aunque habrá algunas que las sea (yo no las conozco).
lee esto:
http://laboro-spain.blogspot.com/2010/09/como-bloquear-el-despido.html
Yo te he dicho de ahí la quinta, es más le recomendé a mi novia que la hiciera y cumplió su objetivo, hay más aparte de esas
Entonces para evitar mi despido tendría que demandar a la empresa, pero si no tengo ningún motivo que puedo alegar para hacerlo???.
Vamos a suponer que encuentro alguno.....no me van a despedir, pero cuando llegue ese juicio, si se comprueba que no tengo razón que me ocurrirá.
Y algo muy importante, si demando la empresa saben que lo he hecho, o se darán cuenta a 15 días antes de que la citen.
Muchas gracias
Te voy a poner un ejemplo, si a la empleada que tu te referías antes con este comentario
"Otra compañera que volvió de su baja maternal, a los 15 días ya tenía la carta de despido, el empresario alegó que ahora su puesto era prescindible....45 días por año y a la calle."
Si esta misma empleada, antes de llegar de su baja maternal, una semana antes por ejemplo, hubiera interpuesto una demanda a la empresa por cualquier causa, la empresa no la podría haber DESPEDIDO, y si lo hubiera hecho, sería un despido NULO.
La gente suele demandar cuando YA TE HAN DESPEDIDO, y ese es el error, la gran mayoría intuyen que lo van a despedir pero no hacen nada...., se DEMANDA SIEMPRE ANTES.
Magli, no la ha despedido por negarse a realizar horas extras, es UNA TÁCTICA, métodos legales para bloquear un despido.
Si Usted tiene interpuesta demanda en el Juzgado, la empresa hasta que no haya sentencia no puede despedirte , porque vulnera el Art 24.1 de la CE, la tutela judicial efectiva.
Sino cualquier empresario que su empleado lo demandara podría despedirlo y eso es REPRESALÍA al trabajador.
Si Usted cree que le van a despedir, intepon demanda en el Juzgado de lo Social por RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, por experiencia propia, te tardaran en dar vista a juicio, y según en que ciudad estamos hablando que puede tardar MUCHO, MUCHO, da igual que gane o pierda, hasta que no salga el juicio no te pueden despedir.
La única forma de que te despidieran es que la empresa entrara en quiebra y la cerraran, sino te tienen que tener ahí, les guste o no (estoy hablando de contratos indefinidos)
Que no Magli, que no, que no vale con alegar cualquier cosa, que si tu estas en uno de los casos de especial protección, si te despide y la causa alegada no es real, el despido es nulo y en el despido nulo solo cabe la readmisión.
En cuanto a tu caso, depende de tu situación.
SALUDOS
spanish, en mi empresa habido despidos, y sé que pronto tendré el mío.......sería interesante poder utilizar esas "artimañas" o derechos, para evitar irme a la calle, créeme, que con mi edad es lo que menos deseo.
Espero tu ayuda.
Vamos a ver.....para que yo lo pueda entender, si un empresario quiere despedir a un trabajador, no va poder hacerlo????.... alega cualquier cosa en la carta de despido, que luego en el mejor de los casos el juez dice que es despido improcedente y pide la readmisión, pero el empresario no quiere.....le da los 45 días por año y a la calle.
Casos de despido nulo....hombre si pone que despide a un trabajdor por que se niega hacer horas extras, eso no es un motivo legal, por supuesto.
Yo estoy con Vegas, si el empleado es listo, no lo pueden despedir, lo que pasa es que la gran mayoría de empleados no están asesorados, o mal asesorados.
Si habláis de casos concretos, yo también puedo decir mis experiencias, y como ami novia le dieron nulo y un mes antes del juicio por despido se le demandó por horas extras, y hasta el 2014 a ver si la empresa tiene lo que tiene que tener y la despide, y le paga más salarios de tramitación jejeje, pero es que cuando sea esa fecha se le demandará por cualquier excusa, y que le haga moobing, que ya está más que asesorada para sacarle pasta a la empresa...
Las empresas usan todas las artimañas que están a su alcance, y los empleados tienen el mismo derecho e incluso MÁS.
En este caso concreto la que está amargada es la empresa.....
Pues que afecten a embarazadas la gran mayoría, la verdad, y si alguno se le pasa a un juez de lo social, en los tribunales superiores ninguno.
Si el puesto era prescindible, sería porque el empresario podía demostrarlo, precisamente la ambiguedad va siempre a favor del trabajador.
He visto yo casos de un encargado que agredió a un peon y se perdió porque según la jueza medió provocación.
En el primer caso además no veo que medie ninguna causa de nulidad.
Estadisticamente, en epoca de crisis, el 70% de los despidos por causas económicas u organizativas han sido declarados improcedentes, no te quiero contar si hay causa de nulidad.
SALUDOS.
Vegas, he visto casos dónde el despido dejaba mucho que desear, el juez le concedió los 45 días por año de despido improcedente, ya que el empresario no quería que volviera.
Sabes como se demostro un despido técnico???...a la recepcionista la despidieron porqué en su lugar pusieron una centralita con contestador automático.
Otra compañera que volvió de su baja maternal, a los 15 días ya tenía la carta de despido, el empresario alegó que ahora su puesto era prescindible....45 días por año y a la calle.
No sé cuantos juicios nulos habrás visto tú....yo ninguno.....pero bien planteado, cualquier excusa dentro de lo que la ley dice, (es tan ambigua) que sirve para poner a un trabajador en la calle.
Eso no es cierto, si el empresario no prueba que, por ejemplo, la bajada de rendimiento es real o las causas técnicas son verdaderas, el despido es nulo.
Me refiero, evidentemente, a los casos en que la improcedencia del despido conlleva la nulidad.
SALUDOS.
Es triste Vegas, pero cierto, como un empresario se proponga despedirte, lo hace, a veces intenta que le salga gratis, y hace mobing, otra veces alega algún motivo, despido técnico, porqué baja el rendimiento del trabajdor, etc.etc......la causa efectivamente hay que probarla, pero la diferencia sólo es esta.....o 20 días por año, o 45....pero a la calle seguro.
En caso de decidirme a denunciar y enviar una inspección de trabajo, como deberia actuar y donde me debería dirigir ??
Mi contrato lo tengo con la consultora ,no con la multinacional,aunque es la "grande" la que manda sobre nosotros sin que las consultoras digan lo más mínimo,por lo menos en mi caso.
Ya tengo una experiencia en la que salí mal con las dos partes y no quiero qu se repita.
Gracias de nuevo
La cuestion es que la empresa es una gran multinacional del sector de las telecomunicaciones y me refiero al "resto de comnpañeros" en el sentido que hay pocos empleados internos y el resto somos contratrados a través de consultoras.
En mi casdo tengo firmadas 40 horas semanales de lunes a viernes, y por ese hecho me obligan a hacer turnos rotativos sin protestar.
También me gustaria que saber si esto es legal o por el contarrio debería negarme a hacer turnos rotativos ya que en mi contrato no lo pone expresamente.
Ahora bien: que den por hecho que los fines de semana tambien tengo a aceder a sus "imposiciones " es la duda que tengo y hasta que punto me puedo negar sin que me pase nada o directamente me pongan en la calle.
Tal y como estan las cosas ,es lo ultimo que quisiera.
No sé que significa un contrato Fuera de Ley, me lo podeis concretar ??
Gracias y disculpad mi igorancia.
En mi experiencia laboral, siempre como trabajadora, he visto multitud de despidos, y puedo asegurar que cuando un empresario quiere despedir un trabajador, lo hace, ni jornada reducida, ni nada de eso que se dice que no puede despedirte.
Lo siento, pero mi experiencia así me lo dice, yo siempre he intentado pactar con el empresario de forma que ninguno salga perjudicado, aunque siempre acabe cediendo más el trabajador.
Resumiendo, el despido es fácil, y muchas veces barato.
pepit0, si os lo dice así de claro, podéis grabarlo, valdría como prueba en un posible futuro juicio por despido.
También habría que ver si el contrato temporal está en Fraude de Ley, ya que eso "de la mayoría de compañeros" no me suena muy bien..
Las denuncias en Inspección de Trabajo las pones con tu nombre, pero el Inspector jamás podrá decir que fuiste tu el que la pusiste, por posible REPRESALIA AL TRABAJADOR, la inspección tiene PROHIBIDO revelar quien es el autor de la denuncia, ellos ACTUARÁN de oficio y parecerá una inspección RUTINARIA.
Ya que interpones denuncia en Inspección por posibles contratos en Fraude de Ley, y por coacción/intimidación y a obligar a realizar horas extras, yo de ti pondría ya de paso toda las irregularidades que sepas que comete la empresa, por ejemplo, prevención de riesgos laborales, reconocimientos médicos, si os dan uniforme etc........ que lo investiguen bien investigado.
Mi contrato es de fin de obra,como el de la mayoria de los compañeros.
Quisieramos saber que gestiones y pruebas debemos aportar para denunciar la situación.
Sería interesante que nuestro jefe no supiera de quien viene la denuncia,¿es posible que no se entere y así evitar replesalias directas?
Gracias de nuevo.
Muy buena la idea de spanish , a tener en cuenta...
pepit0
Puedes plantearte la posibiidad de exponer y denunciar el caso en la Inspeccion de Trabajo de tu provincia, máxime si es práctical habitual y hay más trabajadores afectados. Con eso, en principio, no frenas un posible despido, pero si provocas "un susto" al empresario con la visita y una posible sanción.
Respecto a la pregunta: sí, si te pueden amenazar... pero no te pueden "obligar" porque las horas extras son voluntarias. Otra cosa es que tú aceptes o no.
Por otro lado revisa tu convenio por si hubiera determinados casos en los que se pueda superar la jornada.
Ya... pero yo se lo decía, porque si es indefinido, mete una demanda por reclama por ejemplo una hora extra... y ya no lo pueden despedir hasta que pasen 1 año y pico largos.....