Hablando de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Según el art. 110 de la Ley de jurisdicción C-A los efectos de una sentencia firme que hubiera reconocido una situación jurídica individualizada a favor de una o varias personas podrán extenderse a otras, en ejecución de la sentencia.
Uno de los requisitos es que el juez o tribunal sentenciador fuera también competente, por razón del territorio.
Algunos Tribunales Superiores de Justicia tienen varias sedes, como el de Castilla y León, que son las de Valladolid y Burgos.
Supongamos que la sala de lo Cont.-Advo. de Valladolid dicta una sentencia en materia de personal, ¿puede solicitar la extensión de la sentencia alguien de Burgos?
A mi entender quien dicta la sentencia es el TSJ de Castilla León, por lo cual sí podría al tener competencia en toda la comunidad autónoma, pero tengo mis dudas, por si pudiera interpretarse que cuenta la jurisdicción de la sala de Valladolid únicamente, que no tiene competencia en Burgos.