Hola, tengo dudas que nadie me he podido resolver. Algunos abogados me dicen una cosa, otros otra y el colegio de abogados ni una ni la otra:
1.- ¿En necesario un abogado en el recurso de un juicio de faltas?
2.- ¿Se imponen costas en caso de pederlo? (tasas por ejemplo)
3.- ¿Qué pasa si pido un abogado de oficio y luego lo cambio por un privado en caso de que no esté sastifecha?
4.- ¿Puedo apelar y luego renunciar a mi apelación?
He preguntado a varios abogados: unos me dicen que al no ser preceptivo en el primer juicio, no es necesario el abogado en el recurso, otros me han dicho que sí lo es, otros que depende de la jurisdicción, algunos me han dicho que puedo yo solicitar directamente el recurso, otros que es necesario abogado y procurador....no sé estoy hecha un lío. A ver si por esta vía me aclaro un poco. Un saludo y gracias