Estoy de acuerdo con ac37, aunque yo no veo acción penal con los datos que aquí se han expuesto. El alzamiento hay que demostrarlo. Tendrías que averiguar que ese deudor se ha despojado de sus bienes para no pagarte y eso no es tan fácil de conocer en la mayoría de los casos.
Hola,acabo de ganar un juicio civil y he recibido la ratificacion de la sentencia (recurso por la otra parte) se me adeudaba 180000euros en su defensa alego que eran 120000 pues bien se ratifica la sentencia a mi favor pregunto ¿que plazo tiene para pagar? y por otro lado¿ ya no se puede dar por insolvente si me pidio llegar a un acuerdo por los 120000 no? ¿que tiempo pasa si se procede al embargo si no paga? se podria llegar a romper el contrato por impago y volber yo a recuperar mi casa? estoy pensandome ir a lo penal en caso de alzamiento de bienes