Por favor, si son tan amables, me gustaría saber si alguien podría aclararme la siguiente cuestión:
Hace unos dos años firmé dos contratos con la misma sociedad (como cesionario y arrendatario respectivamente), uno de traspaso de negocio y otro de arrendamiento de local donde se realizaría la actividad.
Al no cumplir la licencia municipal de actividad del negocio traspasado con la normativa vigente, se presentó demanda por incumplimiento contractual, aunque lamentable y curiosamente ha sido desestimada en primera instancia. Actualmente se encuentra apelada en la Audiencia Provincial.
Me han informado de que la Sociedad tiene intención de vender uno de los dos bienes inmuebles que tiene a su nombre.
Aunque hay una primera sentencia favorable a dicha Sociedad, pero todavía no es firme por la apelación:
1) ¿Es lícito que la sociedad pueda vender alguno de los bienes o, por el contrario, se podría considerar Alzamiento de bienes?
2) ¿En que medida podría desprenderse de su patrimonio?, es decir, ¿No hay problema en vender bienes, mientras el patrimonio restante pueda cubrir las posibles "futuras deudas"?. Asimismo, también tengo bastantes sospechas de que el valor del bien restante puediera saldar la deuda una vez tasado, a causa de su estado.