Hola a todos , por favor ruego que alguien me ayude con esta preegunta. Yo tengo todos mis pagos al dia , pero me temo que pronto no voy a poder con ellos pues tanto mi marido como yo somos autonomos y los negocios han bajado mucho , estamos vendiendo el pisoal cual ( si todo va bien le sacremos 60 000) ,yo debo 30 000 al banco, a mi marido le han propuesto untrabajo en estados unidos , y si vendemos pienso llevarme el dinerillo que le saque al piso y protegerlo como "oro el paño" pues es lo único que tengo y tengo 2 niños pequeños, y dejaría esa deuda de 30000 sin pagar , podrían acusarme de alzamiento de bies???, que pasa en el caso de que no estoy en españ??, me han dicho que el alzamiento de bienes es un tema penal con carcel?? ruego por favor que alguien me aconseje
El alzamiento de bienes si es un tema penal... y podrian condenarle a pena de prisión....
Dicho esto... lo que le puedo aconsejar por su tranquilidad y la de su familia... etc...etc... es que pague el importe que adeuda antes de irse a otro pais... porque si les va mal alli....van a volver...?
Estando fuera de España tambien le pueden reclamar las deudas que pudiera tener... hay comisiones rogatorias entre distintos paises y procedimientos para hacerlo...
NO habrías cometido ningún delito de alzamiento de bienes.
El alzamiento de biens sería que tú, por ejemplo, pusieras los bienes a nombre de otra persona, para que tu acreedor no se pudiera cobrar.
En tu caso nadie ha procedido a embargarte tu propiedad, pudiendo haberlo hecho, con una simple demanda.
De modo que tú puedes vender tu piso tranquilamente y guardarte el dinero que te haga falta para tu nueva vida.
Uixxx, pues mira que yo pensaba que "alzar" era precisamente eso... hacer desaparecer de tu patrimonio tus bienes para que tus acreedores no se puedan cobrar. Si ya hubiera embargo el piso seguiriá siendo garantía para el acreedor, no??
Hola maicavasco, te hacia más seria, pero veo que tu respuesta no la pensaste bien, creo...?
Yo le llamo al hecho que nos ocupa ESTAFA Y ALZAMIENTO DE BIENES, dado que esta Sra. quiere vender el piso y, marcharse con el dinero sin pagar la deuda.......!! dime como lo llamas tu a tales hechos..?
Saludos
El alzamiento de bienes si que podría caber ya que no es un requisito que haya embargo, otra cosa es que ese sea el caso típico. Además siendo un bien inmueble sería como dice Dexter, ya que anotado el embargo.... Sin existir embargo habrá que probar que la venta tiene como causa eludir el pago de la deuda, y eso es dificil. Chavos, no sé lo seria que será maicavasco pero, estafa?
En mi opinión, y a falta de más datos (¿por ejemplo ¿existe una reclamación fomal del banco?) no hay alzamiento de bienes poque vendan un piso, si existen otros con que el acreedor pueda resarcirse.
Tendrán ustedes una nómina, un vehículo, cuentas bancarias.....¿no?
Ya lo puede guardar el dinero debajo del colchón por que me da en la nariz que los bancos como entidades supranacionales que son le va a seguir cobrando la deuda que tiene aunque se vaya a la china.
Nominas posesiones en el lugar de origen o en el de destino.
Hola amigos, si tu vendes un activo para el cual una entidad te presta el dinero y, tu vendes el activo, desapareces con todo el dinero y, no piensas pagar. Como se califica este delito....?
1º Estafa: vendes un bien que no es tuyo.
2º Alzamiento de bienes: vendes un activo para no pagar al proveedor.
Ah...y después de todo lo dicho, esta estafadora no podrá vender sin autorización del banco..... y pobre...!! si alguien lo compra bajo mano.....por que este también será estafado. Aparte de todo esto creo, que no habrá ningún notario que haga una escritura sin verificar la propiedad.
Seamos un poco sensatos.
Saludos
Me da que la estoy pifiando, pero Chavos, cómo que el bien no es suyo? Y si no es suyo? Cómo puede haber alzamiento de bienes? Una cosa excluirá a la otra, no?
Hola Bala, el alzamiento de bienes es: venderte los activos para no pagar al proveedor, las ventas anteceden 4 ó 5 años antes del fallido o deuda.
Puede ser, que el bien vendido vuelva al vendedor y el vendedor tenga que devolver el efectivo al comprador, con toda la problemática que esto conlleva.
Saludos
Quizá me equivoco, pero yo creo que la clave es si el Banco ha reclamado ya o no; porque si no lo ha hecho, podría no apreciarse (abstrayéndonos de las manifestaciones de la autora del post) la existencia, a día de hoy, de un ánimo de ocultación, sino una necesidad, y la esperanza de mejorar de fortuna para cuando el Banco reclame.
Hola Morinelli, tienes razón, pero si el piso resulta que lo compro por 30 000 € saca 60 000 € será parte suya y, la otra parte del banco....?
Morinelli, sí no lo podrá vender si no es algún "PALOMO" que ande despistado y lo pague en "B" que legalmente no es realizable y, es imposible que un notario cometa tal fallo, ya que se juega la profesión y tu realizarías esta operación....?, si te piden hasta los pagos de la comunidad, si los tienes al día.....?
Esta Sra, supongo que quiere hacerse la (listilla) y el consejo que yo le daría sería los de Mirian52 y craxo y fuera problemas, venda y pague su deuda.
Saludos