Hace un par de años escribí en este foro por una situación angustiosa , lo resumo para entender un poco el problema .
Hace unos años firmé una promesa de compra en la que dí 6000 € como señal , por motivos que no voy a explicar decidí no seguir y no firmar escrituras , pensé que poerdería la señal pero no fue así .
Me llevaron a juicio , un juicio que perdí en ese tiempo creo que una semana en el que puedes recurrir mi abogado viendo que tenía la mitad de mi pisi a mi nombre me dijo de hacer una donación a mi hermana , fuimos al notario , hicimos la donoción y recurrimos la sentencia .
Volvimos a perder y fue sentencia firme , intentaron cobrarme las costas judiciales al no obtener resultado me han interpuesto una demanda por lo penal , alzamiento de bienes .
Todavía no está admitida , pero yo creo que la admitirán ...
Que me aconsejais ? que pensais de todo esto ? necesito ayuda por favor , no sé si mi abogado está haciendo lo correcto , porque igual deberiamos haber hecho una compra y venta o haber sacado la mitad del piso a subasta pública .
Necesito opiniones , tengo familia , estoy tratando de mantener la calma y la cabeza fría pero me está siendo dificil .
Habría que ver el contenido de la denuncia. No obstante y de forma general, si no existían embargos no puede hablarse propiamente de "alzamiento de bienes", sin perjuicio de que la otra parte solicite la nulidad de la donación, por haberse llevado a cabo "en fraude de acreedores".
A que te refieres con que no existían embargos? corrígeme si me equivoco , yo entiendo que una vez que pierdo el juicio se procede al embargo de mis bienes para pagar las costas del juicio que perdí , pero al haber recurrido se supone que aún no hay embargo y por eso no es alzamiento ? .
Otra cosa , los jueces suelen anular las donaciones ? es que estoy un poco confusa con todo esto , me gustaría que me dijerais que hariais en mi caso .
Trípoli se refiere a que aún no era firme la sentencia, el fraude de acreedores puede ser claro, significa que te desprendes de tus bienes, no para pagar lo que debes sino para evitar que te los quiten, y si, se pueden anular las donaciones.
1.- Al no haber Sentencia firme, todavía no se ha iniciado la Ejecución (salvo que se haya solicitado Ejecución provisional, que ignoro).
2.- Pueden anular donaciones, tras tramitar el correspondiente procedimiento.
3.- Se llama así, a aquellos actos cuya finalidad es conseguir la insolvencia del deudor, sacando bienes de su patrimonio.
Si vendo mi parte a una tercera persona , se supone que no es para evitar el embargo sino para subsistir , en caso de que lo venda anularían la venta ? es muy importante , ahora estoy en paro y sólo tengo ese piso en el que vivo con mis hijos .
Como verías esto (aún así lo consultaré con un abogado antes de hacerlo) pero me gustaría saber vuestra opinión , cuatro ojos ven más que dos .
Como sabéis el piso está a nombre de mi marido y mío , mi parte la doné a mi madre , estaba pensando en vender todo el piso a mi madre , lógicamente no cuenta con bastante dinero para comprarlo , esto como se podría simular , había pensado en que me diera un cheque con la mitad del dinero y luego hacer como que me dá dinero cada mes , podría ser creible para un juez , mi madre me compra el piso por menos dinero del que vale porque no consigo venderlo y necesito dinero , como lo veis ?