Nunca pretendí evitar que se pudiera embargar,, la casa a estado 12 años a la venta y no la han embargado .Yo dispongo de la casa cuando me embargan la pensión y 3 meses después hago la donación y no hay ningún impedimento para registrarla a nombre de mi hija. Gracias por contestar. Solo intentaba tener una 2ª opinión sobre el tema.
¿Pero por qué se la donó en vida? Si fue para evitar que se pudiera embargar, eso es alzamiento de bienes. Ahora bien, si tanto la abogada como el notario le dijeron que podía hacerlo, podría ser un supuesto de error invencible. Pero eso lo sabrá mejor quien le lleve el asunto.
Le done la casa a mi hija porque siempre tuve la idea que esa casa primero propiedad de mi abuelo, después de mi madre y después mia pues siguiera perteneciendo a mi hija. Tengo otras 2 hijas del matrimonio anterior de las cuales no se NADA hace 23 años.La abogada que me dijo que si podía donarla, pertenece al bufete que lleva ahora el caso. Ahora me hablan de deshacer la donación. Yo aceptó pagar la deuda con mi pensión.
Tengo una deuda desde 2009 por exceso de adjudicación en disolución de gananciales. Tengo una casa( la causante del exceso por una tasación fuera de mercado) y tengo mi pensión. Se llegó a un acuerdo (1año) verbal de intentar vender la casa para pagar la deuda. La casa ha estado en venta hasta octubre 2020, porque en ese mes me embargaron mi pensión y yo entendí que pagaría la deuda con el embargo de la pensión. La casa se la done en enero 2021 a mi hija (previa consulta a abogada y notario). Ahora recibimos una querella mi hija y yo por alzamiento de bienes pidiendo de 2a 4 años de cárcel. La pensión solo me la embargaron un mes. Solución?