Hola
Tengo una vivienda en zona rústica en un pueblo del concejo de Ribadesella, es la última casa de uno de los caminos del pueblo y hasta allí no llega el alumbrado público, desde el último punto de luz de este camino hasta mi casa (unos 500m) hay una finca con cuadras y otra con una vivienda.
me gustaría saber si estos dos vecinos y yo tenemos derecho a solicitar al ayuntamiento de Ribadesella el servicio básico de alumbrado público.
me parece bien que se informe en el ayuntamiento, y hasta puede que consiga que le instalen alumbrado público, pero, de instalarlo, será una gracia que le conceden para mejorar su bienestar, y no será por imperativo legal
las casas de la aldea, esas 50 como mucho de las que habla, quizá estén en un suelo clasificado como Suelo de Núcleo Rural, que es diferente del Suelo Rústico