Vamos a urbanizar una parcela que se encuentra sobre una pendiente de unos 45 grados.
Mi intención posterior a la urbanización es levantar un muro de contención en la parte baja de la parcela para conseguir nivelar la misma.
Esta parte baja de la parcela (ubicada en casco urbano de una población de 150 habitantes), limita con una casa (distancia 4 metros). La altura del muro ¿estará limitada por la ordenación urbanística local o puedo levantar el muro con una altura que me interese, para no producir desmonte en el otro lado de la parcela?