buenos dias:
tengo alguna duda a ver si me podéis aclarar:
en varios mensajes he podido leer que, por ejemplo, para poner un cerrimiento en un balcón si un vecino se niega pues no se podría poner. ¿eso es solo para cerrimientos o también es valido para todo lo referente a la fachada (dobles ventanas, rejas, aires acondicionados, macetas, antenas...)? Ya estoy hecho un lío.
Gracias
La mayoría de situaciones que cita requieren mayoría de 3/5, que aunque suene a chiste puede ser más complicada que la unanimidad. No obstante, hay que ir caso por caso ya que no es lo mismo poner rejas por capricho que por necesidad, ni es lo mismo un aparato de aire acondicionado en una comunidad que los permita que en otra en cuyos estatutos no se mencione nada, etc etc.
si la comunidad aceptara por ejemplo montar aire acondicionado pero no especificara en los estatutos internos los lugares donde hay que montarlos, podrían hacerme cambiar el lugar donde lo tengo montado??.
y en el caso de que no pusiera nada de montaje de aires acondicionados, sería por unanimidad o por 3/5??
En el primer caso, lo normal es que se delimiten lugares concretos. De no hacerlo, salvo que la instalación rompa con la estética del edificio o de otras instalaciones, o bien moleste a vecinos por su ruido o por el calor que emane, no veo motivos para que la comunidad pueda pedirle el cambio de ubicación.
En caso de que nada se dijese en los estatutos, se necesita mayoría simple, aunque hay quienes sostienen que se necesitan 3/5 en función de que tipo de instalación se acometa.
Buenas, mi caso es que los balcones de los salones de mis vecinas del 1 y 2 que dan a mi terraza de mi salón. Ya que vivió en el bajo. Cuelgan en las barandillas macetas. Me han causado desperfectos en mi persiana, lámpara y suelo, por oxido. Además de la pared del bloque. Aparte de que no puedo salir sin riesgo de caída de agua. No hay entendimiento. Es denunciable? Gracias.
Todo lo que perjudica, es denunciable. Se llama, procedimiento de reclamación por daños y perjuicios.
Ahora, ya sabe que hay que demostrarlo y llevar pruebas al juzgado, si Ud lo puede hacer, acuda a un abogado.