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Alteración sustancial de un contrato de compraventa

2 Comentarios
 
Alteración sustancial de un contrato de compraventa
21/12/2020 16:26
Buenas tardes,

¿Puede considerarse que existe una alteración sustancial del contrato redactado? cuando en la revisión del contrato de compraventa:

- Se incluye una cláusula solicitando un aval de la fianza entregada a la parte vendedora.
- Se modifica que la transmisión "SÍ" sea libre de afecciones fiscales.

Mí respuesta: Yo opino que no, que las dos modificaciones introducidas no alteran el sentido, ni la sustancia del original revisado.

Pero vaya que estoy dispuesto a ser iluminado por algún/a abogada/o con experiencia.

Saludos
21/12/2020 17:27
Los contratos hay que verlos para poder emitir un juicio mínimamente profesional. En todo caso, eso de lo que hablas es una mera modificación del contrato, lo cual es tan legítimo como cualquier otro acuerdo a que lleguen las partes. La rebus sic standibus se refiere a la alteración de las circunstancias en las cuales se firmó el contrato, no al contrato mismo.
21/12/2020 18:41
Grisolía
Hola Grisolía, no es un tema de la "rebus sic standibus".

Es sobre los criterios del Colegio para el cobro de honorarios.

Saludos