Buenas tardes, la pregunta es la siguiente después de haber estado de baja incapacidad temporal 1 año 6 meses de prorroga 6 meses de demora de calificación ,2 años en total , me dan el alta después de decirme la inspectora del evi que me darían una incapacidad permanente total , que no estoy para trabajar en el trabajo habitual , y esta es la pregunta mientras se denuncia , puedo darme de baja por otro diagnostico depresión , ya que me dieron la baja el medico cabecera por espondilitis , aunque el tribunal también le entregue informes de las dos patologías , pero en el parte de baja pone espondilitis , y quien me la Daria el inns o el medico de cabecera . gracias anticipadas .
Si es por igual o similar patología es el medico de la INSS.
De igual modo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social será el único competente para emitir una nueva baja médica en la situación de incapacidad temporal cuando aquélla se produzca en un plazo de ciento ochenta días posteriores a la antes citada alta médica por la misma o similar patología
Art.131bis
En el supuesto de que el derecho al subsidio se extinga por el transcurso del plazo máximo establecido en el apartado a del número 1 del artículo 128 y el trabajador hubiese sido dado de alta médica sin declaración de incapacidad permanente, sólo podrá generarse un nuevo proceso de incapacidad temporal por la misma o similar patología si media un período de actividad laboral superior a 180 días o si el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la situación de incapacidad permanente del trabajador, emite la baja a los exclusivos efectos de la prestación económica por incapacidad temporal.
gracias por la pronta contestacion , entiendo que si es por depresion que es otra patologia diferente si podra el medico de cabecera , gracias y espero respuesta por favor
Si leemos la pregunta dice que le han dado el alta para valorar la incapacidad pemanente total.
Es decir que las posteriores patologias que puedan ser asociadas ala patologia que da origen la incapacidad debe ser el tribunal médico el que las valore.
Si denuncias el alta previa a la incapacidad es como si denunciaras la inexistencia de tus lesiones e inconcruente. Solamente se puede denunciar el alta,por que la calificación no sea la de incapacidad total o la imposibilidad de conceder una incapacidad o simplemente que aunque te den la incapacidad total para el trabajo habitual la pensión no sea la que creemos es perceptiva.
Por tanto a mi me gustaria saber por que vas a denunciar el alta.
Si la depresion deviene de la evolución de la patologia primigenia el tribunal puede establecer que la incapacidad en vez de ser incapacidad total para el trabajo habitual sea incapacidad absoluta. Por tanto no podrías trabajar en nada más
En que cambia una de otra. En la primera se cobra el 55% de la base de cotización hasta los 55 años. A partir de los 55 años se cobra el 75%. En caso de incapacidad absoluta se cobra el 100% de la base de cotización.
buenos dias y gracias por contestarme ,lo que me a ocurrido es que despues de decirme la inspectora del evi que me pediria una incapacidad , me han mandado un mensaje al movil y me han dicho que me la han denegado , y causo alta . entonces me podria darme de baja por depresion . y perdona es verdad no me explico correctamente , un saludo .
Puedes ir algunos DIAS a trabajar y DESPUES si no te encuentra bien coger la baja por la misma patología,
La baja te la han de dar los MEDICOS del INSS.
También puedes recurrir el alta medica, en los cuatro DIAS siguientes al alta, así ganarías 11 DIAS mas de baja, los que tardan en darte nueva resolución.
Mi recomendacion es que te pongas en manos de un abogado especialista en el tema, yo no sé donde vives, pero seguro que alguno habrá. Ellos defenderan la negación de la incapacidad.
Le expones el caso y sólo actuara si hay causa viable.
Ten cuidado con tomar bajas indebidamente por que éstas pueden desvirtuar el criterio del tribunal médico a posteriori.