Necesito saber en qué régimen es encuadrable un socio de una S.L., que no siendo administrador de la misma, ostenta más del 25 del capital social y cuál sería el régimen en el caso de que tuviese menos del 25 del capital social.
En caso de no ser administrador el límite está en el 33% del capital. Un socio con menos de este porcentaje de acciones o participaciones podrá estar en el régimen general. Con mas del 33% en el Régimen Especial de altos cargos.
¿Dónde viene regulado ese porcentaje?
¿Es indiferente que el socio realice funciones de dirección y gerencia?
Si el socio realiza funciones de dirección y gerencia, ¿ha de atenderse al 33% o por el contrario al 25%?
Con el 25% y funciones de direccion y gerencia va a autonomos. Si tiene menos, pero al menos el 50% del capital de la sociedad esta distribuido entre los socios con los que conviva, y sean parientes hasta el segundo grado, o se trate de su conyuge, tb a autonomos. Si no esta en estas situaciones va a Régimen General, pero si tiene funciones de direccion y gerencia tendria exclusion de cotizacion en FOGASA y desempleo.
Regulado en art. 97 de la ley general de seguridad social.
Entonces,resumiendo,:una sociedad con 4 socios,padre,madre y dos hijos,uno emancipado el otro no.El padre es el administrador.Las participaciones son 26% el padre y los demás al 24,67% cada uno.A que régimen va cada uno de ellos.Gracias
Rectifico mi comentario anterior. Lo siento. Cuando un trabajador es socio y "no es administrador", el régimen varía según el capital que tenga:
- Menos del 33% :régimen general
- Mas del 33%: RETA
- Menos del 33% pero junto con algun familiar que conviva con él llegan al 50%: RETA.