Me han contratado mediante un contrato eventual para trabajar durante el turno de noche de 22:00 a las 6:00 del 12 de noviembre al16 de diciembre, siendo mi turno de trabajo de domingo a jueves.
El dia 12 a las 22:00 empezé a trabajar hasta el jueves, descansare viernes y sábado y el domingo ya empezaré el turno completo de 5 días.
Me pregunta es si el 16 de diciembre que es domingo podría trabajar ya que supongo que estaré dado de alta hasta el 16 de diciembre y a partir de las 24:00 ya es día 17. Tendría que trabajar desde las 22:00 del 16 de diciembre hasta las 6:00 del día 17 sin estar dado de alta a la seguridad social de las 24:00 a las 6:00?
Es una buena cuestión que nunca me habia planteado.
Bajo mi punto de vista, y siguiendo la lógica de la práctica, cuando se da de baja a un trabajador con fecha x, ese dia es el útlimo de prestación de servicios.
Es decir, si tu jornada finaliza el día 17, deberías ser baja el dia 17, ya que desde un punto de vista de PRL, imagina que tienes un accidente laboral de las 00:00 del dia 16 a las 06:00 del día 17 y realmente ya has sido dado de baja.
¿Alguien comparte o tiene una visión diferente del asunto?