Va a hacer un año que estoy de baja laboral por dos brotes severos de colitis ulcerosa complicado con cuadro de artralgias multiples que dificultan el desarrollo de mi trabajo puesto que consiste en caminar y levantar cajas con peso.
El medico de familia me ha avisado que tiene orden de la Inspeccion Medica de darme el alta por finalizacion (al cumplirse el año??) pero que eso no implica que yo tenga que ir a trabajar.
Quisiera que me explicaran en que situacion me voy a quedar despues de este alta. De quien depende mi nomina y si hay riesgo de que la Inspeccion me de de alta y la notificacion llegue mas tarde a mi domicilio y yo pierda la cotizacion de esos dias.
Gracias de antemano por su colaboracion
Es cierto que el periodo máximio de IT es de 12 meses, pero si el facultativo entiende que no estás recuperado para voelver a la actividad laboral, la situacion puede prorrogarse hasta 6 meses más (18 en total). En ese momento, de no haber recuperacion, deberian darte de alta por agoramiento del priodo máximo de IT con propuesta de reconocimeinto de Incapacidad Permanente.
por tanto, si entiende que no estas en condiciones de trabajar, puede perfectamente mantenerte en situacion de baja. Eso sí, imagino que debera realizar algun informe.
En definitiva, que por el mero hecho de que se cumpla el año, no necesariamente de ha de dar el alta. Lo importante no es el tiempo trascurrido sino si estas o no en condiciones de volver a tu actividad laboral.