Tendrá que darse de alta censal a efectos del IVA, pero no en el IAE porque los arrendamientos inmobiliarios no constituyen actividad económica, salvo que se tenga un local y un empleado dedicados a ello.
Pues claro que se tiene que dar de setas en iae como arrendador de locales que están sujetos a iva. Se tendrá que dar de será en la hacienda foral que es donde tendrá que pagar el iva.
Si hay alguien que lo corrobore....